POLITICA
Nuevo frente de batalla

Régimen penal juvenil: su financiamiento está atado al Presupuesto 2027

La Ley 27.801 rige desde la semana pasada en todo el país, excepto en Buenos Aires, y prevé un presupuesto de $23.739 millones. Parte de esos fondos depende del Presupuesto 2027, que el Ejecutivo presenta hoy en el Congreso.

Juan Bautista Mahiques y Marta Elba Pascual
Juan Bautista Mahiques y Marta Elba Pascual | Collage CeDoc

Con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, la semana pasada entró en vigencia en todo el país el Régimen Penal Juvenil que prevé el tratamiento para los menores entre 14 y 18 años que cometen delitos. La nueva Ley, 27.801, rige en todo el territorio excepto en la provincia de Buenos Aires, donde está suspendida por decisión de la jueza Marta Elba Pascual por 60 días.

El régimen, que se sancionó en marzo y se reglamentó el lunes 7 de septiembre, busca “fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”.

La ley prevé un presupuesto de $23.739.155.303,08. De ese total, $3.131.996.784,28 los debe aportar el Ministerio de Justicia, a cargo de Mahiques. PERFIL consultó con voceros de la cartera e informaron que ese monto se deberá contemplar en la ley de Presupuesto que se presenta este martes ante el Congreso. “Por el momento estamos trabajando con el presupuesto vigente”, confiaron a PERFIL. El grueso del presupuesto previsto en la norma ($20.607.158.518,80) lo debe aportar la Defensoría General de la Nación, a cargo interinamente de Julián Horacio Langevin desde febrero pasado, cuando Stella Maris Martínez dejó su puesto tras cumplir los 75 años.

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Así, la puesta en marcha de la ley depende en gran medida del Presupuesto 2027 que logre sancionar el oficialismo en el Congreso.

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Entre las novedades que incorpora está la figura del “supervisor” y la creación de un Comité Interministerial integrado por representantes de los ministerios de Justicia, Seguridad, Capital Humano y Salud. La ley prevé la aplicación de “penas alternativas” al encierro y ordena la formación especializada de los operadores en contacto con los adolescentes que cometen delitos.

¿Adónde se alojará a los adolescentes?

La ley prevé que una vez producida la detención de un adolescente y en caso de que sea “indispensable su encierro” se los alojará en “dependencias acondicionadas especialmente”. La norma prohíbe que el encierro sea junto a personas mayores de edad. Sin embargo, el decreto reglamentario no prevé específicamente la construcción de espacios especiales para los adolescentes entre los 14 y los 18 años.

La Ley sí dispone que los procesos penales juveniles, el control de medidas y la ejecución de sanciones esté a cargo de jueces, fiscales, defensores y órganos con capacitación especializada en el trato con jóvenes en conflicto con la ley penal.

La Defensoría General de la Nación designó a Silvia Santamaría y a Marcelo Helfrich para ejercer la defensa técnica especializada de adolescentes de 14 y 15 años en el ámbito de la justicia nacional. Santamaría está a cargo de la Unidad de Defensa Penal Juvenil Nº1, que interviene desde el inicio de la investigación hasta la radicación de la causa ante el tribunal oral. En tanto, Helfich interviene durante las etapas de juicio, impugnación, ejecución y seguimiento de las medidas o sanciones que pudieran imponerse.

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La ley prevé un presupuesto de $23.739.155.303,08. De ese total, $3.131.996.784,28 los debe aportar el Ministerio de Justicia, a cargo de Mahiques. PERFIL consultó con voceros de la cartera e informaron que ese monto se deberá contemplar en la ley de Presupuesto que se presentó este martes ante el Congreso. “Por el momento estamos trabajando con el presupuesto vigente”, confiaron a PERFIL. El grueso del presupuesto previsto en la norma ($20.607.158.518,80) lo debe aportar la Defensoría General de la Nación, a cargo interinamente de Julián Horacio Langevin desde febrero pasado, cuando Stella Maris Martínez dejó su puesto tras cumplir los 75 años.

Penas alternativas

La ley establece que si la pena es entre los tres y los 10 años de prisión y en tanto el delito no haya implicado la “muerte de la víctima, una grave violencia física o psíquica sobre las personas o (...) no existieran lesiones gravísimas ni se haya causado la muerte o un daño psíquico grave a la víctima y el adolescente imputado no registrare condenas u otros procesos en trámite” con procesamiento dictado, el tribunal (...) con la conformidad del Ministerio Público Fiscal y “habiendo escuchado a la víctima”, podrá reemplazar la pena privativa de la libertad por:

a) Amonestación

b) Prohibición de contacto o de aproximarse a la víctima, su familia u otras personas que el juez estime corresponder o de relacionarse con determinadas personas;

c) Prohibición de conducción de vehículos, si el delito imputado se vincula con la conducción de vehículos motorizados de cualquier naturaleza

d) Prohibición de concurrir a determinados lugares, establecimientos o espectáculos, inclusive deportivos, musicales o culturales;

e) Prohibición de salir del país o del lugar en el cual reside o del ámbito territorial que el juez determine;

f) Prestación de servicios a la comunidad. La prestación de servicios a la comunidad consiste en la realización de tareas de interés social en entidades de asistencia, públicas o privadas sin fines de lucro como hospitales, escuelas, sociedades o fundaciones destinadas al bien común y con fines sociales u otros establecimientos similares (...).

g) Monitoreo electrónico.

h) Reparación integral del daño a la víctima;

Si el juez determina que el adolescente debe cumplir la privación de la libertad, las alternativas son que sea en su domicilio; en un instituto abierto o en un instituto especializado de detención. La ley remarca que queda prohibida para los adolescentes alcanzados por la ley la reclusión o prisión perpetua.

La ley indica que “la detención se deberá orientar a la educación, formación, resocialización y reinserción social del adolescente, mediante la tutela de la dignidad humana”.

Suspensión en la provincia de Buenos Aires y pedido de juicio político a la magistrada

Un día después de la entrada en vigencia de la ley, la jueza Marta Elba Pascual hizo lugar a un amparo presentado por los Hogares de Cristo, organización con una fuerte presencia territorial y vinculada al cura Pepe Di Paola y dispuso la suspensión de la aplicación del nuevo régimen penal juvenil durante 60 días en la provincia de Buenos Aires. Dicha decisión implicó fuertes críticas para la magistrada e incluso una serie de pedidos de juicio político, entre ellos del intendente de Mar del Plata Guillermo Montenegro.

Menores: un fiscal apeló la decisión de la jueza Marta Pascual y trascienden más fallos polémicos

Hernán Cerutti, titular de la Fiscalía en lo Penal Juvenil de Lomas de Zamora, apeló la sentencia de Pascual, que recibió críticas también del ex presidente Mauricio Macri. Cerutti cuestionó que la decisión de Pascual "dispuso la suspensión general de una ley nacional regularmente sancionada, promulgada y entrada en vigencia, sin que se haya acreditado la existencia de un acto u omisión concreto, ilegal o arbitrario, además sin que hubiera un hábeas corpus que invocara que ella resolviera sobre el tema".