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El sueldo de Javier Milei: cuánto debe pagar al Estado el ganador del sorteo

La controvertida iniciativa del diputado nacional de Avanza Libertad generó múltiples reacciones y dudas. Qué dicen especialistas tributarios sobre el premio de 205 mil pesos.

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Javier Milei | Cedoc Perfil

Si hay un dirigente político que estuvo en boca de todos durante las últimas horas es Javier Milei. Es que el diputado liberal decidió finalmente llevar a cabo este miércoles 12 de enero el sorteo de su dieta ($205.500 pesos). "El ganador se llama Federico Hugo Nacarado, un hombre de 40 años, que se registró ayer a las 21.10", confirmó el espacio político. Una vez elegido, si la persona que resulte ganadora debe pagarle o no al Estado.

Es sabido que en Argentina el juego y los sorteos están regulados por ley, con lo cual para que todo transcurra en el marco de la legalidad el Estado debe estar al tanto de los movimientos de dinero producto de esas actividades. Sin embargo, otro de los interrogantes es si es legal lo que hizo el diputado liberal al abrir un formulario de participación para quienes quieran intentar quedarse con los poco más de 205 mil pesos en juego.

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Federico Nacarado, el ganador del sorteo de Javier Milei.

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Para Aníbal Mazza Fraquelli la iniciativa de Javier Milei se enmarca dentro de la ley. El contador y abogado le dijo a PERFIL que "es legal lo que uno quiera hacer con su patrimonio". Sin embargo, un abogado especialista en derecho tributario que prefirió resguardar su identidad expresó que se trata de un caso particular y que la línea de análisis es muy delgada.

"Hilando muy fino, el (Milei) va, cobra y el dinero es suyo, por lo que puede invertirlo. Pero lo que tenemos que preguntarnos es si no hay un exceso en la cantidad de datos que están pidiendo cuando tendrían que ser sólo los estrictamente necesarios para identificar al ganador", advirtió. Vale mencionar que en la base de registro del sitio mipalabra.javiermilei.com es necesario completar campos como DNI, Nombre y Apellido, correo electrónico, celular y fecha de nacimiento, todos de carácter obligatorio.

En esa línea, la fuente consultada explicó que los actor jurídicos "pueden ser a título gratuito u oneroso: el primero cuando das algo y no recibís anda y el segundo cuando obtenés una prestación de parte de la otra persona". "Acá el punto de inflexión es que el sorteo dejó de ser gratuito para ser oneroso, el dinero es un gancho para los datos y es necesario que cumplan con la ley de Protección de Datos Personales", agregó.

Las dudas normativas sobre el sorteo del sueldo de Javier Milei

Como se mencionó, la dieta del diputado nacional de Avanza Libertad por la Ciudad de Buenos Aires asciende a los $205.500. Sin embargo, no se sabe cómo se ejecutará el azar para conseguir el nombre del ganador o ganadora, y desde la organización se mantienen en silencio al respecto ante las consultas de este medio. También hay dudas respecto de si tanto Milei como la persona que gane la dieta deben tributar al Estado algún porcentaje del dinero.

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De acuerdo a lo que explican especialistas, el caso del sorteo de Milei es una excepción a la ley 20.630, normativa que tiene en cuenta tributos para aquellos premios que implicaran una apuesta como pago de billete o bono para participar, y en los que unos ganan y otros pierden.

En esa línea, se trataría de un caso de "sorteo o concurso como parte de promociones de ventas de productos o servicios en las que se otorgaran premios con intervención del azar". Por ello, según el especialista tributario consultado, "no están alcanzados en la normativa, por lo que no debe requerirse ni al Ministerio del Interior ni a la entonces Lotería Nacional de Beneficencia y Casinos autorización para llevarlos a cabo y por ello tampoco debe tributarse a su respecto el impuesto de la ley 20.630".

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Sin embargo, para Mazza Fraquelli "como el beneficiario del sueldo es Milei, él debería Tributar el Impuesto a las Ganancias". De todos modos, ese es otro de los puntos de duda porque la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) viene de subir el mínimo no imponible de ganancias a $252.937, calculo que entró en vigencia el primer día hábil del año. Lo que hay que definir es cuándo se liquidó el sueldo a sortear.

Pero quizás la duda más resonante gira en torno a las eventuales obligaciones tributarias que tendría la persona que resulte ganadora del sorteo del que participan miles de personas. A diferencia del especialista tributario, el contador sostuvo que "cuando uno gana plata de un premio la tiene que tributar".

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"Si jugas al Casino o Lotería es lo mismo que esto: te ganas 100 millones y te van a retener el 30%. Entonces, la persona que gane va a tener que ingresar al sitio web de la AFIP e ingresar un Volante Electrónico de Pago (VEP) para declararlo", insistió Mazza Fraquelli.

De esa manera, si efectivamente el beneficiario o beneficiaria debe afrontar el pago de ese impuesto, el Estado se quedaría con una parte importante del monto. De acuerdo a lo que informaron desde el entorno del legislador, la dieta a sortear llega a los $205.500, de los cuales el 30% del impuesto al juego son $.61.650.

Así, el beneficiario se quedaría con un total de $143.850. De todos modos, se espera que al anunciar el premio, desde el equipo de Milei brinden los detalles de cómo será el pago, algo que no está comprendido entre los puntos de los términos y condiciones que figuran en el sitio web. La atención también estará puesta en un eventual accionar de la Lotería de la Provincia.

AS/JFG