POLITICA
Boletín oficial

Elecciones 2019: cuánto pueden cobrar las autoridades de mesa

El Ministerio del Interior informó los montos que van a percibir los ciudadanos que cumplan funciones en los comicios.

Presidente de mesa y el suplente o vocal que lo acompaña son los responsables de identificar a los votantes, facilitar el voto y realizar el escrutinio.
Presidente de mesa y el suplente o vocal que lo acompaña son los responsables de identificar a los votantes, facilitar el voto y realizar el escrutinio. | NA

Las fechas de las elecciones 2019 están cada vez más cerca. El próximo 11 de agosto se van a realizar las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), el 27 de octubre las generales y el eventual balotaje está programado para el 24 de noviembre. En las tres fechas habrá ciudadanos que cumplan funciones en los comicios y que van a percibir un sueldo por dicha labor.

El Ministerio del Interior, a través de la Resolución 216/2019 publicada este martes 11 de junio en el Boletín Oficial, detalló los montos que recibirán los ciudadanos que cumplan funciones en todas las elecciones. Las personas que sean designadas como autoridades de mesa podrán percibir hasta 1.900 pesos por cumplir esa función, mientras que los delegados de cada centro de votación cobrarían 3.000 pesos.

Aquellas personas que se desempeñen como autoridades de mesa en los comicios "percibirán en concepto de viático" un total de 1.200 pesos por cada acto electoral: ese monto podrá ampliarse hasta los 1.900 pesos si aceptan participar de las "actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral".

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Quienes cumplan funciones como delegados en los locales de votación cobrarán 3.000 pesos, mientras que los delegados tecnológicos que asistan a "establecimientos de votación en los que se lleve a cabo la verificación de la identidad de los electores mediante herramientas de identificación biométrica" percibirán 3.800 pesos por cada elección.

El texto oficial, que lleva la firma del ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda, Rogelio Frigerio, subrayó que "resulta conveniente estimular la participación en actividades de capacitación por parte de los ciudadanos que resulten designados para actuar como autoridades de mesa, mediante la asignación de una compensación adicional a los efectos de propender a la mejora del desenvolvimiento de los comicios".

La asignación de una compensación adicional es a los efectos de propender a la mejora del desenvolvimiento de los comicios

Funciones. El presidente de mesa y el suplente o vocal que lo acompaña son los responsables de identificar a los votantes, facilitar el voto y realizar el escrutinio. El Presidente es la máxima autoridad de la mesa; el Suplente comparte sus responsabilidades y puede reemplazarlo de manera temporaria o permanente.

Por su parte, los Delegados de la Justicia Electoral son ciudadanos que designa el Poder Judicial para actuar -durante el proceso electoral- como nexo entre éste y las autoridades de mesa, los fiscales partidarios, los votantes y el personal de seguridad.

B.D.N./F.F.