La Corte Suprema de Justicia falló en contra del pedido de la conductora de TV Natalia Denegri para que Google desindexe su nombre de aquellos contenidos vinculados al llamado Caso Coppola de la década de 1990. El fallo firmado por los cuatro ministros echó por tierra la pretensión del derecho al olvido, la discusión de fondo que planteaba el caso.
El fallo cortesano llegó poco más de tres meses después de dos audiencias públicas en las que se debatió el caso.
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Allí, la defensa de Denegri acudió a defender su postura a favor de la desindexación y también se escuchó la postura de Google contraria al planteo. Expusieron, a su vez, representantes de asociaciones periodísticas bajo la figura de amicus curiae, quienes rechazaron el pedido de Denegri al considerar que entraba en colisión con el derecho a la libertad de expresión.
Pero este martes se supo que Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti decidieron no hacer lugar a la petición al considerar que "no se advierte fundamento constitucional ni legal" que la sustente.
Los argumentos de la Corte Suprema
Según se desprende de la resolución a la que accedió PERFIL, "no se han brindado argumentos suficientes que demuestren que una persona que fue y es figura pública tenga el derecho a limitar el acceso a información veraz y de interés público que sobre ella circula en internet".
Ese fue uno de los motivos por el cual la Corte siguió la postura manifestada por el procurador fiscal y decidió hacer lugar a la queja de Google contra la sentencia de la instancia anterior que le había dado la razón a Denegri en su reclamo.
En el fallo, los cortesanos consideraron que no se advierte que la difusión de la información cuestionada "importe una grave afectación de la privacidad" que lleve a confirmar la decisión favorable a la conductora. Vale mencionar que Denegri había pedido que Google no relacione su nombre a contenidos periodísticos vinculados a peleas entre mujeres u otras apariciones que tuvo en el marco del Caso Coppola.
De acuerdo al documento, "no existe espacio suficiente para producir una lesión ilícita del derecho al honor mediante la difusión de información veraz (...) de modo que se autorice una restricción al ejercicio de otro derecho fundamental como lo es la libertad de expresión".
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Así las cosas, los supremos ponderaron a la libertad de expresión por encima del derecho al honor que Denegri cree afectado a raíz de la difusión de contenidos que, insiste la Corte, son veraces.
Derecho al olvido: la postura de Natalia Denegri
El caso Denegri se debatió durante dos audiencias públicas que la Corte realizó a mediados de marzo pasado.
Ambas contaron con la presencia de Denegri que viajó desde Estados Unidos para participar de las jornadas y en una de ellas hizo uso de la palabra para expresar su enojo con las posturas contrarias que se esgrimían sobre el pedido.
"Yo no pedí ser famosa, yo quería ser abogada, pero lo fui porque me involucraron en algo que no quería y todos mis sueños se acabaron", relató en ese entonces sobre su aparición en el Caso Cóppola.
"Los videos me hacen muy mal y cuando uno busca aparecen en primera línea las peleas que estigmatizan a la mujer, generan violencia mediática y de género. No hay derecho a que me sigan revictimizando", manifestó frente a la mirada de Rosatti, Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti.
AS/fl