En un fallo clave para el avance de una de las causas más sensibles que involucran a la administración actual, el juez federal Sebastián Casanello desestimó un pedido de nulidad que buscaba invalidar la evidencia central en la investigación por presuntas irregularidades en la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis). La decisión, que consolida el inicio de la pesquisa, permite que el caso continúe su curso y profundice en los hechos denunciados.
La solicitud había sido presentada por la defensa de Jonathan, Emmanuel y Eduardo Kovalivker, dueños de la droguería Suizo Argentina, una de las empresas señaladas en la causa. Su principal argumento se centraba en la presunta ilegalidad de los audios que desencadenaron la investigación. Atribuidos al exdirector de la Andis, Diego Spagnuolo, los audios supuestamente revelaban un esquema de corrupción y el reparto de retornos económicos en la adquisición de medicamentos. La defensa alegaba que las grabaciones eran “ilegales, falsas o adulteradas” y que su obtención había violado derechos y garantías constitucionales de los acusados.
Sin embargo, el juez Casanello consideró que el pedido carecía de fundamento y era “especulativo y contradictorio”, ya que se basaba en trascendidos periodísticos y no en un conocimiento directo de las pruebas. En su resolución, el magistrado recordó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que la nulidad de un acto procesal solo procede en casos de “defectos sustanciales que violen garantías constitucionales de manera irreparable”. Casanello sostuvo que el planteo de la defensa no cumplía con estos requisitos.
Tanto la organización Poder Ciudadano, que actúa como querellante, como el Ministerio Público Fiscal se opusieron firmemente a la solicitud de nulidad. Ambos argumentaron que los audios, al haber tomado estado público, actuaron como una “notitia criminis” suficiente para justificar la apertura de la investigación. Un concepto legal que indica que la Justicia tiene el deber de investigar un hecho delictivo cuando llega a su conocimiento, sin importar cómo se obtuvo la información, siempre que no haya sido a través de una violación de garantías por parte de un funcionario público.
Además, señalaron que la expectativa de privacidad de un funcionario de alto rango como Spagnuolo es más limitada que la de un ciudadano común. Destacaron que las grabaciones no fueron obtenidas por personal del Estado de manera ilegal, sino por un particular, lo cual es admisible y se alinea con la jurisprudencia existente.
La causa investiga una presunta red de corrupción que habría afectado a los recursos destinados a personas con discapacidad. Los audios que iniciaron la investigación habrían mencionado a figuras políticas como Karina Milei y Eduardo “Lule” Menem, aunque hasta el momento su participación en los hechos no ha sido probada. La decisión del juez Casanello de rechazar la nulidad representa un paso decisivo, ya que valida la prueba inicial y permite que la investigación avance en la búsqueda de más evidencia sobre las maniobras de corrupción.