Luego de que la Sala I de la Cámara Federal ordenara reabrir la investigación para que se analice la responsabilidad de la agrupación Montoneros en el atentado al comedor de la Policía Federal, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) cuestionó a los magistrados y expresó que la resolución busca "instalar la idea de que las muertes provocadas por las organizaciones de la época son equiparables a delitos de lesa humanidad".
Desde la organización sostuvieron que los jueces Pablo Bertuzzi, Mariano Llorens y Leopoldo Bruglia anularon el fallo de la jueza federal María Servini aunque "su decisión en verdad había sido fundada con precisión". En ese sentido, recordaron: "Los hechos ocurridos en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal fueron declarados prescriptos y esa decisión está firme".
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Además, el CELS, conducido por Paula Litvachky, que fue dirigido hasta 2020 por el periodista Horacio Verbitsky (uno de los sobreseídos en esta causa), acusó a los camaristas de ignorar ese argumento e indicaron que la discusión en Argentina en torno al tema "jurídicamente está saldada".
"Hoy estamos viendo el crecimiento de sectores políticos de ultraderecha que reivindican el accionar del Estado argentino durante los años 70. Sostener abiertas vías judiciales contra toda jurisprudencia solo sirve para producir lo que está pasando ahora mismo: una ola de discursos que equiparan a las organizaciones de militantes con la violencia de Estado más cruenta del siglo XX, ola que, además, nutre los discursos que justifican el endurecimiento estatal contemporáneo", afirmaron en un comunicado.
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Sobre esta línea, el CELS señaló que la acción producida por la Organización Montoneros, acusados de colocar un artefacto explosivo que provocó 24 muertes y más 60 heridos, podría haber sido investigada en su momento por la justicia penal. "Eso no fue así porque el Estado, en lugar de este camino, eligió un método clandestino de represión y exterminio, cuyas consecuencias todos conocemos", agregaron.
Por último, indicaron que los jueces recogen argumentos relacionados con el derecho a la verdad, "que efectivamente es una obligación internacional del Estado asociada a la investigación, juzgamiento y sanción de los delitos de lesa humanidad cuando hay un obstáculo para la imposición de una sanción. En este caso, no hubo inconvenientes de ese tipo: la causa penal está prescrita y los peticionantes pueden pedir información al Estado sobre los hechos. Probablemente, enfrentarán numerosos obstáculos porque la dictadura se encargó de ocultar y destruir mucha información", sentenciaron.
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El tribunal declaró la nulidad de la resolución de la jueza federal Servini donde los acusados habían sido sobreseídos, entre ellos Verbitsky y Mario Firmenich. En su momento, también habían sido señalados como responsables Marcelo Kurlat, Laura Sofovich, Miguel Ángel Lauletta, Norberto A. Habegger y Lila Victoria Pastoriza; entre otras personas que integraban la Organización Montoneros.
En su fallo, Bertuzzi, Llorens y Bruglia consideraron que debe investigarse la hipótesis de una grave violación a los derechos humanos, si encuadran como crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra. En tanto, también se debe evaluar si inicia un juicio de la verdad para dar respuesta a los familiares de las víctimas.
“No se ha considerado el planteo sobre el posible apoyo de Estados y organizaciones extranjeras que tuvieron las personas implicadas”, indicaron. "A efectos de que se agoten todas las hipótesis posibles con los que se pueda afrontar un hecho como el contenido en esta causa, corresponde declarar la nulidad del decisorio y devolver las actuaciones a la anterior instancia”.
FP/HB