POLITICA

Bruglia y Bertuzzi recargados: ordenan reabrir una causa contra Axel Kicillof por Clarín

Se trata de la causa por la que fue absuelto Guillermo Moreno, por los incidentes durante una asamblea del Grupo Clarín que tuvo lugar en el año 2013.

Bertuzzi Bruglia Cámara Federal
Los jueces de la Cámara de Apelaciones, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi | CEDOC Perfil

La Cámara Federal ordenó este lunes 15 de marzo reabrir una investigación contra el gobernador de Buenos Aires, Axel Kicillof, por los incidentes durante una asamblea del Grupo Clarín, un hecho que tuvo lugar en el año 2013. La resolución fue escrita por tres jueces, dos de los cuales protagonizaron una fuerte polémica con el kirchnerismo: Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, a quienes el Ejecutivo intentó trasladar de sus cargos como camaristas y luego la Corte Suprema confirmara su rol, transitoriamente.

Se trata de la misma causa en la que fue procesado y finalmente absuelto en juicio oral y público el ex secretario de Comercio Interior Guillermo Moreno.

Según la causa, el 25 de abril de 2013 fueron Moreno, Kicillof y Daniel Reposo, este último entonces titular de la Sindicatura General de la Nación (Sigen), quienes irrumpieron en la asamblea del grupo de medios.

Esto no le gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Los hechos se investigan bajo la figura del artículo 160 del Código Penal, que castiga con "prisión de quince días a tres meses" a quien "impidiere materialmente o turbare una reunión lícita, con insultos o amenazas al orador a la institución organizadora del acto".

Tras su pelea con el kirchnerismo, Bruglia y Bertuzzi denuncian al Estado ante la CIDH

"Lo que originariamente se denunció, y lo que en consecuencia debió motivar el desarrollo de estas actuaciones, no fue la posibilidad de que los imputados turbaran el acto desde un actuar puramente individual. Cuando se afirmaba que lo acontecido en la reunión del 25 de abril de 2013 quedaba atraído por la fuerza del artículo 160 del Código Penal, es porque la conducta de los funcionarios -no de uno sino de los tres-, traducía un obrar comunitario destinado a turbar la vida de la empresa", marcó el Tribunal.

"Esa es la senda que debió recorrerse. Superadora de una mirada ceñida al examen particular y aislado de cada intervención, la causa debió avanzar en el camino dirigido a desentrañar, a partir del estudio de los relatos y de las evidencias, si el proceder de Kicillof y de Reposo –cada uno con sus particularidades-constituyó la prolongación del obrar de Moreno", dijo el tribunal, al revocar un fallo del entonces juez federal Rodolfo Canicoba Corral.

Para los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, "la entidad de los elementos de prueba existentes y el horizonte de medidas que a partir de ellos puede producirse, advertimos que no es posible avalar la adopción del temperamento conclusivo que ha motivado el recurso".   

Por su parte, el juez Leopoldo Bruglia hizo voto aparte recomendando que se profundizara la investigación.

J.D. / MC