POLITICA
Opinin

Mauricio Macri, el tercer presidente kirchnerista

Con el nombramiento de jueces de la Corte Suprema “en comisión”, el líder de Cambiemos demuestra lo que aprendió de Néstor y Cristina.

Macri y Cristina, .
| Télam

Cuando Mauricio Macri triunfó en el balotaje, hace exactamente tres semanas, decíamos en esta misma columna que, en esa elección, también había ganado el kirchnerismo.

"En cuatro años demostró que, en un país presidencialista, todo resorte democrático se puede explotar si se sintoniza la voluntad popular", afirmábamos. Y agregábamos: "El kirchnerismo deja un manual de cómo se puede ejercer el poder, más allá de algún exceso, con votos a favor y en contra, con legitimidad de origen o sin ella, con o sin legisladores. Mauricio Macri ya debe haber tomado nota".

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En ese entonces esperábamos que el líder de Cambiemos hiciera un gobierno "normal", hasta "republicano", según sus promesas de campaña; acaso estirando un poco los límites del presidencialismo argentino. Es decir, aprovecharía todos los recursos permitidos por la ley para gobernar sin mayoría en el Congreso, como hicieron, en su momento, Néstor y Cristina Kirchner.

No podíamos prever entonces que el exjefe de gobierno porteño estiraría esos recursos y hasta pisotearía los límites de la legalidad y la constitucionalidad, mucho más que gobiernos anteriores. Sin embargo, los primeros cinco días del nuevo gobierno demostraron que, como decíamos (y a pesar de los insultos recibidos por ello), Macri terminó siendo el tercer presidente kirchnerista.

Ya la asunción del cargo del fundador del PRO fue irregular, cuando interpuso la medida cautelar que obligó a Cristina Fernández de Kirchner a concluir su mandato a las 23.59 del 9 de diciembre y obligó a Federico Pinedo a asumir como interino. La actitud de la expresidenta durante la novela del traspaso fue pésima, por supuesto; pero recurrir a las tan denostadas cautelares para dirimir lo que en esencia fue una "discusión de alta peluquería" pareció un poco excesivo.

Macri volvió a pisar los límites de la ilegalidad cuando, al reformar los ministerios, puso el AFSCA bajo la órbita del Ministerio de Comunicaciones. Así, modificó por decreto la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que establece que el organismo es un ente autárquico. El pedido para que renuncie su presidente, Martín Sabbatella, es cuestionable: tiene mandato hasta 2017, pero es entendible que el gobierno quiera remover a un funcionario que se autodefine como "militante". El problema radica en modificar una ley por decreto, en lugar de volver a debatirla ante el Congreso. El ministro Aguad argumentó que “una ley del Congreso no puede limitar la capacidad del presidente, es tan absurdo". Alguien podría avisarle que la división de poderes contempla que varias leyes limiten al presidente.

El presidente también tomó atribuciones que no le corresponden hoy, cuando anunció la quita de retenciones a todos los productos agropecuarios (menos para la soja) e industriales. La potestad de crear, eliminar y modificar impuestos, recordemos, corresponde al Poder Legislativo. La Constitución Nacional no reconoce excepciones a esta regla. Ni siquiera el hecho de que el partido gobernante carezca de mayoría legislativa.

Pero la gota que rebalsó el vaso de la constitucionalidad fue la designación de dos ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "en comisión", es decir, sin aprobación de dos tercios del Senado. Macri propuso (y nombró de facto) a Horacio Rosatti y Carlos Rosankranz, en reemplazo de los renunciantes Carlos Fayt y Eugenio Raúl Zaffaroni. Estos nuevos jueces permanecerían por un año, hasta que finalicen las próximas sesiones ordinarias, el 30 de noviembre de 2016; o hasta que el Senado los ratifique (o nombre a otros) en el cargo.

Los pergaminos de los postulantes no se pueden cuestionar. Lo polémico es el método. El inciso 4 del artículo 99 de la Constitución es claro al respecto: otorga al Presidente de la Nación la atribución de nombrar a "los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto".

Como señaló el profesor de derecho Gustavo Arballo, existe una interpretación de la carta magna que habilita las designaciones de Macri. El inciso 19 del artículo 99 permite al presidente "llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura".

Algunos juristas argumentan que ese inciso sólo habilita a las designaciones de jueces comunes, y otros señalan que este tipo de nombramientos sólo se justifica en situaciones excepcionales. De hecho, el único antecedente registrado fue durante el gobierno de Bartolomé Mitre, cuando la Corte Suprema todavía no había sido integrada. Es difícil, además, revisar los argumentos legales de la medida cuando hoy a las 22.43 todavía no se había publicado el boletín oficial de la jornada. Un detalle muy poco republicano.

Macri está demostrando así que en su ejercicio del poder no le preocupa ni la República, ni la Constitución, ni la legalidad. Que fue más allá incluso que el kirchnerismo con los nombramientos de los conjueces, declarados inconstitucionales por la propia Corte Suprema. Que es, en definitiva, la continuación del kirchnerismo por otros medios.

Decíamos que el nuevo presidente aprendió que "todo resorte democrático se puede explotar si se sintoniza la voluntad popular". A cinco días de asumir, esa voluntad popular todavía le es favorable. Habrá que ver si todavía lo es después de las próximas devaluaciones, aumentos de precios y subas de tarifas. Tal vez entonces no le alcance con los decretos.

(*) Editor de Perfil.com. Twitter @elfaco.