El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno emplazó a los bancos para que le hagan llegar en un plazo perentorio "de 72 horas" un Informe con las tasas de interés que les cobraron a las empresas durante el mes de julio.
La nota, que tiene membrete de la Dirección de Lealtad Comercial, le llegó a las entidades financieras entre ayer y hoy y la misma alude a la Ley 22.802, que regula la competencia y la actividad comercial.
En la misma, se les solicita a los bancos que informen "las tasas activas que se cobraron por descubiertos operados en empresas de Primera, Segunda y Tercera línea" y las aplicadas a "Proyectos de Inversión de Mediano y Largo Plazo", durante julio.
La Dirección de Lealtad Comercial t ambién le pidió a los bancos que le hagan llegar, junto con la respuesta, un detalle de la publicidad gráfica, radial, televisiva o por Internet relacionada con ese tipo de servicios financieros, que haya sido efectuada durante el mismo período.
No es ésta la primera ocasión que Guillermo Moreno apunta al control de las operaciones de los bancos, que dependen del Banco Central, ya que en setiembre de 2006 embarcó a las entidades financieras en un programa de otorgamiento de créditos para viviendas, cuya cuota iba a ser "igual a un alquiler". Por esto, algunos ya discuten hasta dónde puede llegar el secretario Moreno sin traspasar las potestades e injerencia del propio Banco Central.
Como las relaciones entre ingresos y mensualidad no se correspondían con las normas prudenciales de los bancos, la mayor parte de éstos hicieron publicidad sólo para cumplir con Moreno. El Banco Nación, que preveía colocar unos 3 mil en la primera etapa, a los 180 días apenas había entregado 10 por ciento.
En esta ocasión, Moreno apela a la ley de Lealtad Comercial, una legislación de la época del último régimen militar. Sin embargo, la norma remite a lo estipulado en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, donde se contempla a las entidades financieras como proveedoras de servicios.
Recientemente, esta última norma fue modificada sustancialmente por la Ley 26.361, de abril pasado, que en su artículo 15 refiere a las operaciones de crédito de las entidades financieras.
La Ley prevé para los bancos que no cumplan con el envío de información, multas que oscilan entre los 100 mil y $ 500.000.
Fuente: DyN