La Justicia condenó en primera instancia a tres sindicatos a hacerse cargo de manera "solidaria" de una indemnización cercana a los $700 mil a un agente de la Policía Federal agredido en una manifestación que tuvo lugar el 12 de noviembre de 2007.
De acuerdo al fallo al que tuvo acceso PERFIL, Christian Ariel Sorge se encontraba cumpliendo funciones en las inmediaciones de la Legislatura porteña, mientras se desarrollaba una protesta de integrantes de los sindicatos de Camioneros, Unión Tranviaria Automotor y Taxistas, que rechazaban un proyecto que modificaba el sistema de multas y de registro por puntos para conductores por considerar que los afectaba en su tarea cotidiana.
En simultáneo, ingresó un grupo de dirigentes de los tres gremios para intentar acercar posiciones con quienes estaban por dar el debate pero no tuvieron éxito. Afuera, se habían ubicado por un lado los integrantes de UTA y Camioneros y por el otro los taxistas, con un cordón policial en el medio, en el que estaba el mencionado Sorge.
"...los manifestantes arremetieron con vehemente violencia contra el personal policial empleando palos de banderas, no para empujarlos del modo que afirmó el indagado Daniel Isidro Méndez o para defenderse como dijo Juan Carlos Méndez, sino por el contrario lanzando estocadas frontales; golpeando de arriba hacia abajo; de un costado al otro y arrojándolas, a lo que se sumaron los elementos contundentes de todo tipo de tamaño que también les tiraban…”, señala el fallo, con un relato pormenorizado de los hechos.
Luego de ello se procesó sin prisión preventiva a ocho manifestantes por considerarlos coautores del delito de atentado a la autoridad pero como en el avance del proceso "no se pudo individualizar a los autores debido a que se resolvió suspender el juicio a prueba", se determinó el sobreseimiento.
No obstante, con el patrocinio del abogado Osmar Domínguez, el caso avanzó en la Justicia, donde se determinó que "hallándose fuera de discusión la existencia de las agresiones de los manifestantes contra el personal policial, entre los que se encontraba el actor, pesaba sobre los demandados la carga de identificar al autor del daño, ya que identificado el agente dañador cesa la responsabilidad de los demás miembros del grupo, así como la carga de demostrar que no eran integrante del grupo de reunidos o la alegación y prueba de las eximentes que destruyen el nexo causal entre el accionar del grupo y el daño".
En consecuencia, se resolvió condenar de manera solidaria a los tres gremios a los que pertenecían los involucrados.
Desde la defensa, afirmaron que Sorge en su demanda no puede precisar la autoría de la agresión y marcaron que se pretende determinar que "se trata de una responsabilidad colectiva propia de los totalitarismos, ajena al derecho civil moderno". Sin embargo no fue tenido en cuenta ese argumento.
El fallo señala en su tramo final: "Condeno en forma solidaria a la Unión Tranviarios Automotor, el Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte de Carga por Automotor, Servicios, Logística y Distribución de la Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires y al Sindicato de Conductores de Taxis de la Capital Federal a pagar al actor dentro del plazo de diez días la suma de $ 695.200 (pesos seiscientos noventa y cinco mil doscientos), con más los intereses fijados". Si se le suman las costas del proceso, la suma asciende a mas de $1.600.000.