El uso como prostíbulo del monoambiente en Recoleta que, según reveló ayer en exclusiva Perfil.com, el juez de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni admitió como propio desató la polémica.
Un abogado especializado en temas de prostitución y trata de personas explicó a Perfil.com que hay tres leyes que estarían siendo inflingidas por el propietario de ese departamento.
Una de ellas es la Ley de Propiedad Horizontal (Nº 13.512, Art. 6), que obliga a los co-propietarios a no poner en riesgo la seguridad del edificio. "Generalmente, en los lugares donde hay prostíbulos se genera un ambiente peligroso alrededor, que perjudica a los vecinos", explicó Mario Ganora, abogado de la cooperativa La Alameda, ONG que en 2009 ya había denunciado ante la Procuración Nacional de la Nación que en ese departamento se ejercía la prostitución, junto a una lista de otros 612 lugares de la Ciudad de Buenos Aires.
Otra norma que se estaría violando es la Ley de Profilaxis (Nº 12331), que en sus artículos 15 y 17 prevé que no se puede poner un inmueble a disposición para facilitar la prostitución.
Y por último, también se estaría incumpliendo el Convenio para la represión de la trata de personas y la represión de la prostitución ajena, de 1949 y ratificado por la ley 11.925. "Es un convenio internacional al que adhirió Argentina. Los artículos 1 y 2 también prevén castigos para quienes pongan en locación un inmueble donde se ejerce la prostitución", explicó Ganora.