POLITICA
PANDEMIA DE CORONAVIRUS

Reanudarán el juicio oral a Lázaro Báez de manera remota

El Tribunal Oral Federal 4 determinó que el proceso, que está en la etapa final, será por videoconferencia desde el próximo 24 de junio.

Lázaro Báez
Lázaro Báez | Noticias Argentinas

El Tribunal Oral Federal 4 resolvió este miércoles que el próximo 24 de junio reanudará mediante videoconferencia el juicio por lavado de dinero conocido como "La ruta del dinero K", que tiene como principal acusado al empresario Lázaro Báez y a sus cuatro hijos, entre otros.

Dada la situación actual de pandemia de coronavirus, el juicio será vía remota para los jueces, la fiscalía, la querella y las defensas, para lo cual ya el Consejo de la Magistratura ofreció la utilización de la plataforma Jitsi Meet, u otra de funcionalidades similares que permita conectar a varias personas mediante videoconferencia.

En el escrito, al que accedió PERFIL, el TOF 4 detalla que la reanudación del debate se determinó al tener en consideración “las actuales condiciones de emergencia sanitaria para la implementación del uso de medios tecnológicos para la continuidad de la audiencia de debate oral y público en las circunstancias finales en que se encuentra, no advirtiéndose agravio efectivo alguno y habiéndose escuchado previamente a las partes”, detalla.

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Por ese motivo, se determinó que el proceso se reanude con los alegatos de la Oficina Anticorrupción, y los miércoles siguientes será el turno del pedido de penas de la Fiscalía, para lo cual se fijó horario esos días de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00.

“La circunstancia en que se encuentra el debate oral y público en su discusión final –alegatos de las partes acusadoras- permite la transmisión de imagen y sonido de la totalidad del acto procesal resultando la videoconferencia un recurso tecnológico que posibilita la publicidad del juicio”, argumenta el escrito.

Señalan, a su vez, que como la característica esencial de la exposición es la oralidad, “este principio no resulta vulnerado sino que le es inherente; en tanto que, a propósito de la inmediación, la videoconferencia es sólo un medio tecnológico que permite reproducir el acto procesal en cuestión inalterable”. Y agrega que la forma en que se desarrolla la exposición final “se mantendría intacta”.

Para el Tribunal, no existe con el uso de la videoconferencia como recurso tecnológico para continuar con el juicio oral “una posible vulneración de la garantía constitucional del debido proceso y defensa en juicio”.

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En tanto, expresan que “casi la totalidad” del expediente y la mayor parte de la documentación “se encuentra en formato digital a su disposición, habiéndose finalizado a esta altura del juicio la etapa de incorporación de prueba”, como así también se encuentran en formato digital las audiencias anteriores en formato de video y audio, y en versiones taquigráficas.

Respecto de la plataforma en la que se llevará a cabo el proceso, si bien se sugiere Jitsi Meet, se aclara que también puede ser “aquella que resulte más adecuada” para la realización de las audiencias de debate fijadas, que tendrá “intervención remota de los magistrados, las partes y los demás funcionarios judiciales intervinientes, debiendo garantizarse la efectiva participación remota de la totalidad de los actores del proceso”.

Asimismo, aclara que debe garantizarse en la plataforma “la no intervención de personas ajenas al juicio oral, la imposibilidad de alteración de su contenido, la atención a la necesidad de contar con una versión audiovisual del mismo y la difusión mediante el Centro de Información Judicial (CIJ) para garantizar la publicidad y transparencia de tales actos jurisdiccionales”.

A.G./M.C.