POLITICA
La había pedido por el Coronavirus

La Justicia le negó la prisión domiciliaria a Lázaro Báez

Así lo decidió el Tribunal Oral Federal 4 en el marco de una causa por lavado de dinero. El empresario está en la lista de grupos de riesgo ante el avance del COVID-19.

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Lázaro. Fue de los primeros en pedirla. Fue rechazada ayer. | cedoc

La justicia federal rechazó hoy un nuevo pedido del empresario Lázaro Báez para ser beneficiado con arresto domiciliario en el marco de la actual pandemia de covid 19 que azota al país. La decisión fue tomada por el Tribunal Oral Federal (TOF) 4, de quien está a disposición Báez. Ayer, el mismo tribunal había rechazado el pedido de Martín Báez, hijo mayor del empresario y detenido junto a él en el penal de Ezeiza desde febrero de 2019.

Lázaro Báez, que lleva cuatro años en prisión preventiva e intentó en reiteradas oportunidades ser excarcelado o cumplir domicilaria, había sido incluido hace pocas semanas dentro de un listado de 1280 personas privadas de su libertad que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) consideradas dentro del grupo de presos de riesgo.

Su detención se produjo en abril de 2016, por órden del juez federal Sebastián Casanello en el marco de la causa conocida como “Ruta del dinero K”. Se trata del caso en el que está acusado junto a sus cuatro hijos, y que hasta la suspensión de las audiencias, por la feria judicial a raíz de la pandemia, estaba cerca de llegar al veredicto.

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Precisamente en la resolución de hoy se hizo alusión a los cargos contra Báez, quien está acusado de  “haber puesto en circulación en el mercado dinero negro proveniente de hechos ilícitos cuyo monto ascendería a una suma superior a los $127.624.184, mediante distintas transferencias bancarias y operaciones simuladas que habrían tenido lugar entre el mes de diciembre de 2015 hasta el mes de julio del año 2016, con el objeto de convertirlo e integrarlo al circuito económico formal bajo apariencia de legalidad y cortar todo lazo con los ilícitos que lo generaron”.

En su escrito los magistrados del Tribunal consideraron que la situación de salud de Báez no cambió desde la última vez que se le rechazó la posibilidad de dejar atrás el penal de Ezeiza, en marzo pasado. “El panorama descripto por el médico forense es idéntico a aquél considerado por el tribunal al denegarse la prisión domiciliaria del encartado Báez el pasado 20 de marzo del año en curso, y su encierro cautelar, bajo la forma en que se viene llevando a cabo, es la vía más idónea para neutralizar los riesgos procesales que se ciernen a su respecto, compartiéndose en ese sentido lo expuesto por el Sr. Fiscal en su dictamen”, consideraron.

Los magistrados, Néstor Costabel, Daniel Obligado y Jorge Gorini, dejaron constancia en su resolución que el informe médico realizado a Báez aludió que “impresiona “compensado y sin signos de patologías agudas o intercurrencias de las que crónicamente padece que son la Diabetes, la Hipertensión y la arritmia cardíaca”, patologías que las calificara como crónicas y evolutivas, requiriendo controles médicos periódicos y regulares”.

Por lo que destacararon que el caso de Báez “no encuadra en ninguna de las hipótesis en las que se recomiendan las medidas alternativas a la prisión preventiva” que se consideraron recientemente por parte de la Cámara de Casación.

CD/MC