POLITICA
Justicia

Sobreseyeron a Máximo Kirchner en una causa derivada de "Los cuadernos de las coimas"

La decisión la tomó la jueza María Servini y también beneficia al ministro del Interior, Wado de Pedro y a Andrés Larroque.

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Máximo Kirchner, jefe del bloque de diputados del Frente de Todos. | Captura

La jueza María Servini de Cubría sobreseyó al diputado Máximo Kirchner, al ministro del Interior Wado de Pedro y a Andrés Larroque a una causa derivada de "Los cuadernos de la Corrupción" donde se investigaba el uso de esos fondos para financiar campañas electorales.

Este caso se trata de un desprendimiento del expediente de los cuadernos que involucra a miembros de La Cámpora, a raíz de la declaración como arrepentido del ex secretario de Obra Pública, José López. Los referentes de la agrupación fueron convocados como imputados en la causa que da cuenta que algunos bolsos con dinero que registró el chofer Oscar Centeno y que recaudaban los funcionarios de Planificación Federal tenían como destino financiar campañas electorales del kirchnerismo en el año 2015.

Con su fallo, la jueza hizo lugar al pedido que había presentado a fines de octubre pasado el fiscal federal con competencia electoral, Jorge Di Lello. En su dictamen, el representante del Ministerio Público expuso serias críticas al accionar de los investigadores del caso, el juez Claudio Bonadio y el fiscal, Carlos Stornelli, por como se les había tomado declaración a los arrepentidos en la causa, entre otras cuestiones. Por ello, le solicitó a la jefa que sobreseyera a los imputados.

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El fallo de Servini también alcanza al ex secretario de Justicia, Julián Alvarez, al referente camporistas José Ottavis, a los ex intendentes Ricardo Ivoskus (San Martín) y Enrique García ( Vicente López) y al empresario Sergio Szploski

“El doctor Di Lello realizó un pormenorizado y minucioso detalle sobre la forma del inicio de la causa (cuadernos) y así como del modo de obtención de las probanzas allí recolectadas atento al procedimiento previsto por la ley 27.304 conocida como ley del arrepentido”, indicó la magistrada en su fallo, al que accedió el portal Infobae.

El en escrito, Servino también remarcó que la declaración de López con “documentación de dudosa procedencia” resultan “insuficientes para ser valoradas y para proceder en estos actuados”. “Entendiendo que el vicio aquí aludido tiene carácter trascendental y sustancial –dijo Servini- y que ha probado a los imputados el ejercicio material de la defensa y del debido proceso penal, el señor fiscal solicito la nulidad de las indagatorias de todo lo actuado”. “Entiendo que la falta de requerimiento de instrucción por parte del Ministerio Publico Fiscal conlleva indefectiblemente al archivo de las presentes actuaciones por no poder proceder”, consignó la jueza.

B.D.N.