POLITICA
Cuadernos de las Coimas

En un duro dictamen, el fiscal Jorge Di Lello pidió sobreseer a miembros de La Cámpora

El fiscal pidió que se declare la nulidad de las indagatorias tomadas, en el marco de los cuadernos de las coimas, a Máximo K, "Wado" De Pedro y Larroque.

La Cámpora2 20191025
Andrés Larroque, Eduardo | Agencia Na

En un duro y contundente escrito, el fiscal federal con competencia electoral, Jorge Di Lello, pidió que se declare la nulidad de las indagatorias tomadas, en el marco de los cuadernos de las coimas, a Máximo Kirchner, Eduardo “Wado” De Pedro, y Andrés Larroque, entre otros miembros de la agrupación La Cámpora, y que los sobresea. Se trata de un desprendimiento del caso, que tenía que ver con cuestiones electorales a raíz de la declaración como arrepentido del ex secretario de Obra Pública, José López. La decisión de Di Lello expuso serias críticas al accionar de los investigadores del caso, el juez Claudio Bonadio y el fiscal, Carlos Stornelli.

El tramo de la causa de los cuadernos que involucra a miembros de La Campora llegó a manos de Di Lello y Servini, por entender que lo que se investigaba en ese tramo del expediente tenía que ver con cuestiones electorales, y ambos son las únicas autoridades competentes en la materia en Comodoro Py.

Entre otros puntos, Di Lello hizo hincapié en la falta de registro audiovisual de la declaración como imputado colaborador de López. El detalle no es menor, ya que la falta de ese tipo de registro es uno de los puntos objetados por las defensas de los acusados en el caso. La jueza María Servini deberá decidir si hace lugar al pedido de Di Lello y sobresee a los involucrados entre quienes también está Sergio Szpolski. 

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“No habiéndose cumplido en la declaración de José Francisco López con los requisitos dispuestos por el art. 6 de la ley 27.304, resultando la documentación soporte de la causa de dudosa eficacia probatoria, junto a la descripción meramente genérica de los hechos imputados en las indagatorias tomadas con referencia al suceso aquí analizado, resultan insuficientes para ser valorados y para proceder en estos actuados”, sostuvo Di Lello a la hora de explicar la decisión de pedir las nulidades de las indagatorias, realizadas por Bonadio entre septiembre y octubre del año pasado.   

En su dictamen, Di Lello habló de una “deficiente o incompleta descripción de la imputación” en contra de los acusados. Y cómo eso “impide verificar el respeto del principio de congruencia que exige una necesaria correlación entre el hecho narrado en la indagatoria y aquel contenido en el procesamiento, que a su vez, será el mismo de la eventual acusación y sentencia de arribarse a dicha etapa del proceso”.

“Analizada la intimación al momento del acto de la indagatoria, se advierte que dicho acto procesal adolece de un vicio sustancial que se ha traducido en un serio menoscabo a las garantías constitucionales de los imputados, fundamentalmente su derecho de defensa en juicio, circunstancia que impide admitirlo como acto válido”, completó. 

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En otro de los tramos sostuvo que: “de la simple lectura surge la falta de una descripción precisa de modo tiempo y lugar en donde se materializaron los hechos que se les imputan. Además, se les hace saber las pruebas reunidas en la investigación valoradas en su contra, sin una individualización que permita determinar que pruebas corresponden a cada hecho”. 

Y completó sosteniendo que: “En el mismo sentido, se le debe hacer saber al imputado las pruebas existentes en su contra relacionadas al hecho que se le imputa. Como antes se señaló, a los imputados se les hizo saber un sinnúmero de elementos probatorios descriptos en el acta, de forma tal que resulta prácticamente imposible delimitar cuales se refieren a la imputación relacionada con los aportes de campaña”.

 Uno de los pilares fundamentales de nuestro sistema jurídico emana del art. 18 de la Constitución Nacional que consagra expresamente el principio que dice que: “es inviolable la defensa en juicio, de la persona y de los derechos”.

 

CD EA