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La Anmat prohibió la venta de dos aceites de oliva

La medida se dispuso tras constatarse que ambos productos, rotulados como Morando Premium y Estancia Olivares, utilizaban registros inexistentes en sus etiquetas, de acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial.

La Anmat prohibió la venta de dos aceites de oliva.
La Anmat prohibió la venta de dos aceites de oliva. | REPERFILAR

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país, incluidas las plataformas de venta en línea, de dos marcas de aceites de oliva.

La medida se dispuso tras constatarse que ambos productos, rotulados como Morando Premium y Estancia Olivares, utilizaban registros inexistentes en sus etiquetas, de acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial.

Según surge de las disposiciones 7214/2025 y 7215/2025, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) verificó mediante el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) que los números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) exhibidos en los envases no estaban autorizados.

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En ambos procedimientos, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL determinó que se trataba de productos apócrifos.

¿A qué correspondió la infracción? principalmente se basó en la ausencia de registros sanitarios y en el uso de números falsos en las etiquetas, lo que colocó a los artículos en incumplimiento del Código Alimentario Argentino.

La normativa vigente establece que un producto que no pueda ser identificado en forma fehaciente como elaborado en un establecimiento autorizado no puede producirse ni comercializarse en la Argentina.

Por este motivo, la Anmat dispuso la prohibición de los aceites investigados en todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento