En tiempos de alta peligrosidad de incendios forestales, especialmente en regiones como las sierras del centro del país y la Patagonia, prender fuego sin autorización no solo es riesgoso para el ambiente y las comunidades, sino que también puede acarrear multas administrativas elevadas y penas penales.
A nivel nacional, la Ley 26.815 de Manejo del Fuego establece los presupuestos mínimos para la protección ambiental frente a incendios forestales y rurales en todo el territorio argentino. Esta normativa crea un sistema federal de manejo del fuego que incluye prevención, presupresión y combate de incendios, y obliga a los ciudadanos a cumplir con las medidas que ordenen las autoridades competentes para proteger el ambiente y la seguridad pública.
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Además, la Ley 26.562 de Control de Actividades de Quema regula específicamente las actividades de quema de vegetación y residuos. Bajo esta norma, la actividad de encender fuego para eliminar vegetación o residuos debe solicitar autorización, describir las medidas de control y cumplir con requisitos de seguridad.
Cuando estas exigencias no se observen, las autoridades locales pueden aplicar sanciones que van desde apercibimientos y multas —que pueden alcanzar desde decenas hasta miles de sueldos básicos— hasta la suspensión de autorizaciones, según cómo cada jurisdicción haya reglamentado la norma.
En las provincias que concentran grandes espacios de riesgo —como Mendoza, Córdoba o Tierra del Fuego— la normativa local complementa y endurece estos requisitos. Por ejemplo, en Mendoza la ley provincial que regula la prevención y lucha contra incendios prohíbe estrictamente la quema de pastizales, basura, limpieza de lotes u otras actividades de fuego sin autorización del Plan Provincial de Manejo del Fuego.
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El incumplimiento puede conllevar multas que, según la gravedad del daño ambiental y las circunstancias, pueden superar los $2.000.000, además de otras sanciones administrativas.
Más allá de las multas administrativas, las leyes provinciales y nacionales complementarias y los códigos contravencionales también castigan con sanciones penales a quienes, al prender fuego de manera irresponsable, provocan incendios que ponen en riesgo vidas o bienes.
En algunos casos, encender fuego sin causar un incendio ya está contemplado como falta, con multas y hasta arrestos cortos previstos en los códigos contravencionales. Si el fuego desencadena un incendio forestal de gran magnitud, el Código Penal puede llegar a aplicar penas de prisión de varios años, en función de los daños causados.
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Además de las normas formales, autoridades ambientales y de gestión de riesgo insisten en la importancia de cumplir las prohibiciones, especialmente en zonas serranas o de vegetación densa donde el riesgo de propagación es alto. En varios puntos turísticos y rurales, la indicación de no iniciar fuegos de ningún tipo, incluso para fogatas recreativas, es reiterada durante las épocas de mayor riesgo de incendios, a fin de prevenir tragedias ambientales y humanas.
En definitiva, tanto la legislación nacional como las provinciales prohíben encender fuego fuera de los lugares y condiciones autorizados, especialmente en zonas de alto riesgo como sierras y Patagonia, y establecen sanciones que pueden ir desde multas económicas considerables hasta penas de cárcel cuando la conducta imprudente derive en incendios de gran magnitud.
El cumplimiento de estas normas no solo evita sanciones, sino que también es clave para proteger los recursos naturales y la vida de quienes habitan y visitan estas regiones.