El Gobierno nacional definió finalmente el estatus de los días de Carnaval de 2026 y despejó una de las principales dudas del calendario anual. Según el cronograma oficial, el lunes 16 y martes 17 de febrero fueron declarados feriados nacionales inamovibles, lo que dará lugar a un fin de semana largo de cuatro días consecutivos.
Feriado Carnaval 2026: cuándo es el primer fin de semana largo del año
La confirmación surge del calendario difundido por el Ministerio del Interior, donde se detallan las fechas de descanso obligatorio y los días no laborables previstos para el próximo año.

Carnaval 2026: qué tipo de feriado será
La definición no es menor. Al tratarse de feriados inamovibles, no queda a criterio del empleador si se trabaja o no, como ocurre con los días no laborables. En este caso, el descanso es obligatorio para la mayoría de los trabajadores y, si se prestan servicios, la jornada debe pagarse doble, tal como lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.
Esto diferencia al Carnaval de otras fechas que, con fines turísticos, pueden trasladarse o funcionar como “puente”, y lo equipara a feriados patrios como el 25 de Mayo o el 9 de Julio.
Calendario de feriados 2026: cuándo será el primer fin de semana largo del año
Un fin de semana largo de cuatro días
Con los feriados fijados para lunes y martes, el Carnaval 2026 conformará un descanso extendido desde el sábado 14 hasta el martes 17 de febrero. Se trata de uno de los primeros fines de semana largos del año y aparece como una fecha clave para el turismo interno y la planificación de escapadas cortas.
La anticipación del descanso, además, permite a empresas, organismos públicos y al sector turístico organizar agendas y servicios con mayor previsibilidad.
El calendario de feriados inamovibles en 2026
Además del Carnaval, el cronograma oficial establece como feriados nacionales inamovibles las siguientes fechas:
- 1° de enero: Año Nuevo.
- 16 y 17 de febrero: Carnaval.
- 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
- 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
- 3 de abril: Viernes Santo.
- 1° de mayo: Día del Trabajador.
- 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
- 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.
- 9 de julio: Día de la Independencia.
- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
- 25 de diciembre: Navidad.
Desde el Gobierno recordaron que el Jueves Santo es considerado día no laborable, al igual que determinadas festividades religiosas de las comunidades judía y musulmana, según el calendario oficial.
Feriados trasladables y días no laborables
El esquema anual también incluye feriados trasladables con fines turísticos, que se concentran mayormente en lunes, y días no laborables definidos para extender descansos en fechas puntuales.
Entre los feriados trasladables figuran el Paso a la Inmortalidad de Martín Miguel de Güemes, el de José de San Martín, el Día del Respeto a la Diversidad Cultural y el Día de la Soberanía Nacional.
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