La justicia ordenó que indemnicen con $525 mil a una mujer que ingresó a un hospital a operarse una hernia pero por error le extirparon la vesícula. El hecho ocurrió en 2013 en Mendoza, y ahora se conoció la sentencia.
La paciente en cuestión contaba con cobertura médica de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) e ingresó al Hospital Italiano el 2 de septiembre de 2013 a operarse de de hernia inguinal izquierda, detectada luego de una serie de estudios realizados por el intenso dolor abdominal que presentaba. Luego de la intervención queiúrgica, debían aplicarle una malla de contención que la mujer compró y llevó al centro de salud.
La idea era operar la hernia y aplicarle una malla de contención que la paciente compró y llevó al nosocomio. Al día siguiente de la operación, le dieron el alta y la enviaron a su casa. Sin embargo, como la mujer continuaba con los mismos síntomas de antes, decidió volver al centro de salud dos semanas después cuando debían quitarle los puntos, para pedir el informe anatomopatológico que se había realizado tras pasar por el quirófano, según consignó el periodista Oscar Guillén del sitio Los Andes.
Cuando la vio un médico, le argumentó que el dolor que presentaba no estaba relacionado con la intervención quirúrgica sino que era un efecto de la anestesia o tal vez un exceso en la alimentación. Pero, cuando la paciente tuvo en su poder al otro mes el informe patológico, supo que le habían extirpado la vesícula biliar, en lugar de la hernia inguinal izquierda.
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La mujer ante esto, decidió ir hasta los consultorios de la OSEP de Maipú y fue allí donde una médica le ordenó que se hiciera una radiografía para ver si se le había roto la malla y producido una eventración. Días después la ecografía mostró que nunca había sido intervenida por la hernia sino que se había extraído la vesícula.
Proceso legal. Ante este error médico, la mujer decidió contactar a un abogado e iniciar una demanda a la obra social por un lado, y al centro de salud por el otro, por considerar que “fue sometida negligentemente a la extracción de un órgano normal para su edad y arriesgada innecesariamente a una anestesia total”, hecho que le provocó “un daño resarcible pues continúa con el mismo problema de dolor en el abdomen y pierna izquierda, con el mismo riesgo y sin posibilidades de efectuar el más mínimo esfuerzo por lo que estima que padece una incapacidad del 70%”.
Asimismo pidió una indemnización por:daño emergente por extracción de la vesícula biliar, lucro cesante y pérdida de chance, la cantidad de pesos doscientos mil ($ 200.000); por gastos médicos, la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000) y por daño moral, pesos trescientos mil ($ 300.000).
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En su defensa el médico que la atendió declaró que si bien la mujer ingresó a la sala de operaciones por la hernia, una vez allí el cuadro exigió “la exploración intra abdominal con laparoscópico, que dio por resultado el hallazgo de un proceso infeccioso e inflamatorio de la vesícula” y por eso tomó la decisión de extraer el órgano, algo que calificó de “oportuno y acertado para evitar un grave riesgo a la calidad de vida de la paciente”.
Pese a su testimonio, ni en la historia clínica de la paciente ni las prestaciones de OSEP se habla de la vesícula y los estudios sobre el órgano extraído “no muestran alteraciones que justificaran su extirpación”. Por esto, la jueza María Herrera, del Tribunal de Gestión Asociada 1, consideró que la mujer debe ser indemnizada con 410 mil pesos, más intereses, lo que hace un total de 530 mil pesos.
“Es imaginable el desagrado que debió sufrir la actora al comprobar que no fue operada conforme lo convenido, ni aliviada de las molestias que habían motivado las consultas y el sometimiento a todos los estudios pre-quirúrgicos, dejándola en una incertidumbre que en realidad nunca debió soportar”, señaló la magistrada.
Para la funcionaria judicial la operación que se debía hacer era la de hernia y en ningún caso “seccionar y extraer la vesícula, que es la que se hizo, lo que quiere decir que se produjo un cambio de cirugía en quirófano, no solamente injustificado según la prueba aportada sino, también, sin el consentimiento previo de la paciente o familiar responsable”.
F.D.S./FeL