La Cámara de Apelaciones porteña revocó hoy condenas contra la empresa Uber por presunto "uso lucrativo del espacio público sin autorización", al asegurar que la firma no viola el Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires.
En una sentencia del 7 de mayo que se conoció este martes, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró que la actividad de Uber no constituye una contravención. La decisión de la Cámara revoca todas las condenas impuestas contra Uber Argentina S.R.L. y sus directivos por el “uso lucrativo del espacio público sin autorización” y confirma la absolución por la supuesta “violación de clausura”.
Los jueces firmantes entendieron que “no usa indebidamente el espacio público (...) realizando una actividad lucrativa no autorizada, quien circula conduciendo un vehículo por las calles y avenidas libradas al tránsito automotor, con o sin acompañantes, sean estos conocidos del conductor o pasajeros que con él contrataron un transporte”.
Respecto a la sentencia judicial, Juan Lábaqui, Gerente de Comunicaciones de Uber, señaló que la resolución de la Cámara aplica en tres cuestiones. “La primera confirma que no hay contravención. Segundo, que revoca las condenas que pesaban sobre Uber y sobre sus directivos, y tercero, confirma una absolución que también estaba en la primera sentencia.
Lo importante de este sentencia, es que se utilizaba la contravencional para fundamentar los argumentos que señalaban o usaban el tilde de ilegal. Segundo, de esta contravencional estaban atadas, también, muchas de las medidas que se esgrimían para fundamentar ese concepto de ilegal. Uno de ellos, por ejemplo, el bloqueo de las tarjetas de crédito o del sitio web. Hay una combinación de factores que la hacen muy importante a esta sentencia”.
Más adelante, el ejecutivo de la empresa de transporte, agregó que “si bien esta resolución es muy positiva para la firma, en términos prácticos no cambia en cuanto al día a día. Nos confirma que hace falta una regulación moderna, sentar las reglas claras par la Ciudad de Buenos Aires. Nos basamos en los fallos de la Justicia, ni la empresa es ilegal ni los socios conductores cometen delito, falta o contrevención. Deja sin efecto todo lo que se había armado oportunamente”.
Desde la Secretaría de Transporte porteño, en tanto, aseguraron a Perfil que “el fallo sostiene que Uber no estaría incurriendo en la violación de un artículo del Código Penal Contravencional, el que pena el uso indebido del espacio público. Sin embargo, es muy claro indicando que la actividad está regulada bajo dos modalidades, taxi o remise, y el incumplimiento de esas normas es una infracción. Por lo tanto, UBER sigue siendo ilegal en la Ciudad de Buenos Aires”.
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El juez Sergio Delgado, uno de los cuatro firmantes. detalló que "la circulación automotor, que es la actividad desarrollada por el conductor del vehículo, sí está autorizada en tanto tránsito automotor, es decir, en tanto uso admitido del espacio público. Está permitido que cualquier conductor transite con su vehículo particular o el que le ha sido encomendado por las calles y avenidas libradas al uso automotor con o sin pasajeros".
Pese a eso, resaltó que si hay conductores que "lo hacen prestando el servicio público de taxi o de remises, deberán hacerlo con la habilitación y licencias respectivas". De no hacerlo, "no estarán usando ilegalmente el espacio público sino infringiendo las normas que impiden tales actividades sin licencia o habilitación", agregó.
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Por su parte, la compañía estadounidense difundió un comunicado en el que asegura que con su fallo la Cámara de Apelaciones porteña dijo que la actividad económica que realiza "es legal": “La Cámara de Apelaciones sostuvo que la actividad de Uber no constituye una contravención, reafirmando su legalidad”, expresaron mediante un comunicado de prensa al que accedió este medio.
Asimismo, detallaron que “con esta decisión pierde todo sustento legal la orden de bloqueo de tarjetas de crédito dictada en el marco de la supuesta contravención que la Cámara declaró inexistente. También queda sin sustento el pretendido 'ajuste fiscal' de la AFIP, que se basa en la condena revocada”.
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En tanto, fuentes del Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta señalaron a la agencia Noticias Argentinas que la interpretación que hizo Uber del fallo de la Cámara "es al menos incorrecta", porque no se ocupa de la cuestión de fondo.
En ese sentido, si bien el fallo de la Cámara de Apelaciones porteña sostiene que la compañía no infringe el artículo que pena el uso indebido del espacio público, advierte que la actividad está regulada bajo las modalidades "taxi" o "remís", en las cuales la firma no se encuadra, por lo que como señala el fallo "el incumplimiento de esas normas es una infracción".
El fallo completo:
Con la colaboración de Claudio Corsalini.
A.G./Fel