La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires decidió que las empresas de medicina prepaga estarán obligadas a pagar los tratamientos necesarios contra la drogadicción. Además, no podrán diferenciar a los usuarios que enfrenten juicios penales.
La Cámara expuso que "conforme la ley 24.754 las entidades de medicina prepaga tienen el deber de cubrir todas aquellas prestaciones obligatorias dispuestas para las obras sociales" establecidas en las normas sobre la materia.
Y agregó: "La internación en una comunidad terapéutica no está excluida" de la cobertura, por lo que "resulta desacertado sostener diferencia alguna entre personas condenadas por un delito y personas no condenadas".