SOCIEDAD
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Prepagas: el Gobierno publicó los detalles para limitar los aumentos de las cuotas

Tras el anuncio sobre una presentación de declaración jurada para determinar si corresponde el aumento en febrero o no, este lunes se difundió la resolución 2/2023 que disipa y siembra algunas dudas sobre el tema.

Prepagas: cómo es el trámite para limitar los aumentos
Prepagas: cómo es el trámite para limitar los aumentos | TELAM

Este lunes se confirmó que a partir del mes próximo se aplicará un nuevo mecanismo para definir los incrementos de las cuotas de la medicina prepaga. En tanto, hay plazo hasta el 20 de enero para completar un formulario y de esa manera evitar que el aumento de la cuota de la sea el máximo, es decir, 8,21%.

Este martes 3 de enero se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 2/2023 en el que se especifican los detalles para limitar los incrementos de las prepagas. Sin embargo continúan las dudas sobre los ingresos que deben declarar los afiliados o afiliadas de la medicina privada para determinar si corresponde el aumento de la cuota en febrero.

Aunque la resolución indica que "los y las titulares” de las prepagas deben “completar, del día 1° al 20 de cada mes, una declaración jurada de ingresos correspondientes al mes calendario inmediato anterior”, no se aclara si son los ingresos individuales o del grupo familiar adherido al plan prepago.

Prepagas: cómo hacer el trámite para limitar los aumentos

Lo cierto es que no hay consensos. Fuentes de la Superintendencia de Servicios de Salud consultadas por PERFIL sostuvieron que se toman en cuenta los ingresos del afiliado o afiliada titular. Sin embargo, Claudio Belocopitt, presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS), la entidad que nuclea a las empresas de medicina privada y dueño de Swiss Medical, le dijo a Clarín que se consideran los ingresos del grupo familiar afiliado al plan de salud.

Este es un punto importante ya que depende de los ingresos el valor de la cuota que se abone. Si son inferiores al equivalente a 6 Salarios Mínimos, Vital y Móvil ( SMVM) el aumento de la cuota es del 4,91% y si lo supera es del 8,21%.

Qué dice la resolución

La Resolución de la SSSalud confirmó lo estipulado sobre el formulario, "una declaración jurada de ingresos correspondientes al mes calendario inmediato anterior, ingresando a través del aplicativo que estará disponible en el sitio web institucional de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, mediante autenticación a través de su CUIT/L y clave fiscal”.

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La resolución publicada hoy añade: "Desde el día 21 y hasta completar el mes, la Superintendencia de Servicios de Salud pondrá a disposición de cada Entidad de Medicina Prepaga, en su página web, la información correspondiente de las declaraciones juradas presentadas por sus usuarios y usuarias, a los efectos de que apliquen los topes correspondientes en los casos que corresponda".

Por otra parte, aclara: "No se admitirá la presentación de declaraciones juradas de ingreso para meses anteriores al previsto según la fecha de carga ni procederá la aplicación del tope en forma retroactiva". Esto significa que quien no haya completado el formulario en el mes correspondiente, no podrá completarlo en los meses subsiguientes ni pedir una compensación por haber pagado un monto superior al que realmente le correspondería.

 

JP/ff