SOCIEDAD
No se sube a la vereda

Casanello rechazó el pedido de Patricia Bullrich y seguirá a cargo de la causa del protocolo anti piquete

El Ministerio de Seguridad había pedido que se aparte y pase las actuaciones al fuero penal ordinario, pero el juez federal desestimó esa solicitud y mantuvo en su órbita el caso que cuestiona la legalidad del "protocolo de orden público" del Gobierno Nacional.

Sebastián Casanello
Sebastián Casanello | CEDOC-PERFIL

El juez federal Sebastián Casanello rechazó la solicitud del Ministerio de Seguridad de la Nación, encabezado por Patricia Bullrich, para apartarse del caso que cuestiona la legalidad del protocolo anti piquete del Gobierno Nacional. Reafirmó la competencia de los tribunales de Comodoro Py para abordar la presentación que impulsó la Izquierda contra el mismo. Se trata de una causa especialmente sensible para el Gobierno, y para Bullrich en particular, que han hecho de resistir las ocupaciones de las avenidas por piqueteros u opositores una bandera fundamental.

El subsecretario de Asuntos Legales del Ministerio y la directora de Asuntos Judiciales de esa cartera de Seguridad habían solicitado que Casanello se apartara y trasladara el expediente al fuero penal ordinario. Sin embargo, el juez rechazó esta petición y fijó una nueva audiencia para el próximo miércoles 21 de febrero en los tribunales de Comodoro Py.

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La legisladora del Movimiento Socialista de los Trabajadores, Celeste Fierro, cuestionó el protocolo anti piquete, alegando que coarta la libertad de expresión y manifestación. Tanto la denunciante como la fiscal federal Paloma Ochoa han ratificado que Casanello es el adecuado para intervenir en el caso.

El juez reafirmó su postura de que el caso debe tratarse como un hábeas corpus, argumentando que, aunque no haya detenidos ni situaciones similares, el carácter preventivo de la medida justifica su decisión: "Si bien la autoridad de donde emana el acto administrativo denunciado entiende que no están dados los requisitos de procedencia de un habeas corpus, particularmente porque no hay una persona detenida, debe aclararse que la acción puede ser reparadora, si se refiere a una lesión ya consumada, pero también se admite su modalidad preventiva, si pretende impedir una lesión a producirse, como es el caso de la pretensión de las accionantes".

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La decisión de Casanello se produce poco después de que sus superiores de la Cámara Federal invalidaran una instrucción que el juez había dado al Ministerio de Seguridad para ajustar el accionar de las fuerzas de seguridad a los estándares constitucionales. El fallo cuestionaba el tratamiento del reclamo de inconstitucionalidad del protocolo como un hábeas corpus.

Tras un análisis procesal, los jueces ordenaron a Casanello que determinara primero su competencia para intervenir en el caso y, en caso afirmativo, que reordenara la tramitación bajo los parámetros indicados por el tribunal. Sin embargo, Casanello ha decidido continuar en la causa y mantener el trámite como un hábeas corpus, una decisión que puede ser apelada. Mientras tanto, la audiencia programada para el próximo miércoles sigue en pie.

 

VDD/HB