La Justicia de Dolores concedió hoy prisión preventiva domiciliaria al conductor del ómnibus que fue embestido por un tren el mes pasado, cuando cruzó con barreras bajas un paso a nivel de ese partido bonaerense, en un accidente que causó la muerte a 19 personas y heridas a otras 50.
Fuentes judiciales dijeron a DyN que el chofer, Ernesto Javier Rodríguez, recibió el beneficio de parte de la jueza de Garantías 1, Laura Elías, debido a "padecimientos de salud y la ausencia de antecedentes condenatorios".
La magistrada remarcó en un dictamen que la medida "se hará efectiva luego de confeccionada el acta compromisoria por su esposa, Karina Marini", para luego destacar que, mientras tanto, Rodríguez continuará alojado en una celda de la comisaría del partido bonaerense de General Belgrano. La jueza subrayó que Marini debe "responsabilizarse de que el imputado no exceda los límites de su domicilio" y especificó que Rodríguez estará "bajo la supervisión del Patronato de Liberados".
El chofer fue acusado de cometer el delito de "homicidio con dolo eventual en concurso ideal con lesiones graves", que prevé una pena máxima de 25 años de prisión, tras el accidente ocurrido el 9 de marzo en un paso a nivel próximo al cruce de la autovía 2 y la ruta 63.
La jueza Elías resaltó en el dictamen emitido hoy que el chofer del ómnibus "tuvo una clara conciencia del peligro y, a pesar de eso, adoptó una resolución mediante la cual aceptó la posibilidad cierta de producción del resultado acaecido, con menosprecio por la vida e integridad de la vida ajena, sin renuncia a la evitación del mismo".
Sin embargo, argumentó que dictó la prisión domiciliaria debido a "la ausencia de antecedentes condenatorios, el buen informe socioambiental y los padecimientos de salud que atraviesa el encartado (imputado)".
Por último, destacó que la medida fue dictada "en forma provisoria y hasta tanto pueda reevaluarse el tema, a partir de que se agreguen las pericias incluidas, las psiquiátricas y psicológicas que restan, y que pueden modificar la plataforma fáctica sobre la que se asienta esta calificación legal".
Fuente: DyN