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FIESTA EN OLIVOS

Amiga de Fabiola Yáñez, invitada a su fiesta, pidió declarar inconstitucional el DNU de Alberto Fernández

El abogado de Stefanía Domínguez sostuvo ante el juez Casanello que el DNU vigente para la fecha de la celebración del cumpleaños es contrario a la Constitución y fue emitidos violando el procedimiento previsto para esos casos.

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Stefanía Dominguez aparece a la izquierda en la foto de la fiesta del cumpleaños 39 de Fabiola Yáñez. celebrada en la Quinta de Olivos en julio de 2020, cuando regía el aislamiento obligatorio en todo el país. | CEDOC

El abogado Mauricio D'Alessandro, defensor de la abogada Stefanía Domínguez, amiga de Fabiola Yáñez y una de las asistentes a la celebración del cumpleaños de la primera dama en la Quinta de Olivos, pidió este martes (23 de agosto) al juez de la causa que declare la "inconstitucionalidad" de los decretos de necesidad y urgencia que establecieron la prohibición de circulación y desplazamientos como medida preventiva para contener la pandemia.

En el escrito, de 14 páginas, D'Alessandro reclama al juez Sebastián Casanello "el sobreseimiento total y definitivo de Stefanía Domínguez por inexistencia de delito y resultar atípico el accionar objeto de imputación"

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Stefanía Dominguez aparece a la izquierda en la foto de la fiesta del cumpleaños 39 de Fabiola Yáñez. celebrada en la Quinta de Olivos en julio de 2020, cuando regía el aislamiento obligatorio en todo el país.

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"Es obvio remarcar que Domínguez jamás puso en riesgo el bien jurídico que los decretos –más allá de su invalidez e inconstitucionalidad- buscaban proteger -la salud pública- ya que no se pudo determinar que ninguna de esas personas que participaron en la referida reunión hayan estado contagiadas de Covid-19", sostuvo el abogado.

Según el escrito, "de las tomas fotográficas y filmaciones incorporadas podía observarse un grupo de personas que concurrieron a una reunión, sin aparente respeto de los protocolos sanitarios establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional, tales como el respectivo distanciamiento social, la utilización de barbijos y/o máscaras faciales".

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No obstante, consideró el defensor de una de las asistentes a la velada, tal conducta "encuentra encuadre en el ejercicio de derechos de jerarquía superior, como son la libertad de reunión y, a su vez, no haberse corroborado que en ese entonces se hubieran encontrado cursando la enfermedad causada por el COVID-19 o padeciendo algún síntoma compatible con la misma".

"Debe descartarse que con su accionar hubiera puesto en peligro la salud pública y/o propagado una enfermedad que no padecía", subrayó el abogado.

D'Alessandro sostuvo que el DNU vigente para la fecha de la celebración del cumpleaños de Yáñez, así como todos los otros adoptados en el marco de la pandemia que hubieran cercenado libertades individuales, son contrarios a la Constitución y fueron emitidos violando el procedimiento previsto para esos casos.

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Quién es quién en la foto de la fiesta: (1) Alberto Fernández. (2) Carolina Marafioti. (3) Fabiola Yáñez. (4) Sofía Pacchi. (5) Florencia Fernández Peruilh. (6) Santiago Basavilbaso. (7) Emmanuel López. (8) Fernando Consagra. (9) Rocío Fernández Peruilh. (10) Federico Abraham. (11) Stefanía Dominguez.

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"No existieron circunstancias excepcionales en cuanto al funcionamiento y ejercicio de las legales y constitucionales facultades legislativas, que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previsto por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes", disparó el escrito.

Pero aun así, advirtió que "el texto del DNU 576/2020 (vigente a la fecha) permitía las reuniones sociales de hasta diez personas en determinados aglomerados urbanos".

"Aun cuando pudiera argumentarse que habría violado el distanciamiento o aislamiento establecido en dicho decreto –lo que a todo evento niega esta defensa- , lo cierto, lo concreto y real es que existiría, en el caso, un error de derecho y hecho excusable, que haría el accionar inimputable a mi asistida", insistió.

ds