La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, comercialización y uso en todo el territorio nacional de un destapacañerías tras detectar serias irregularidades en su fabricación, rotulado y composición química. La medida alcanza a todas las presentaciones del producto y fue dispuesta por razones de seguridad sanitaria.
Según informó el organismo, el producto afectado es el “Destapacañerías marca Clinsy”, cuya composición real no coincidía con la autorizada en su registro oficial. En particular, se detectaron diferencias significativas en la concentración de hidróxido de sodio, un componente altamente corrosivo que puede provocar lesiones graves si se utiliza fuera de los parámetros de seguridad establecidos.
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La prohibición fue oficializada a través de la Disposición 193/2026, publicada en el Boletín Oficial, luego de una investigación iniciada por el Servicio de Domisanitarios. Además del retiro del producto del mercado, la ANMAT ordenó instruir sumarios sanitarios contra las empresas involucradas y sus directores técnicos.
Las irregularidades detectadas y el riesgo para los usuarios
La investigación se inició a partir de una consulta recibida por el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, ante dudas sobre la legitimidad del producto comercializado bajo la marca Clinsy. Según se indicó, la etiqueta del envase consignaba información que no coincidía con ningún producto registrado en los listados oficiales de ANMAT.
En el rótulo del destapacañerías se informaba una composición con “hidróxido de sodio 62,5%”, cuando el producto registrado a nombre de la firma VILLARD Y LOUIS S.A. estaba autorizado a contener únicamente un 4,8% de ese principio activo, además de un 2,5% de hipoclorito de sodio. Esta diferencia en la concentración del químico representa un riesgo significativo para la salud de los usuarios.
Si bien el producto se encontraba inscripto como “Destapacañerías, marca Clinsy, RNPUD N° 0250054”, los ensayos efectuados sobre las unidades analizadas comprobaron que la composición real no se correspondía con la aprobada en su registro, lo que motivó que la ANMAT dispusiera su retiro inmediato del mercado.

En el marco de una citación realizada el 3 de julio de 2025, los representantes de VILLARD Y LOUIS S.A. reconocieron la titularidad del producto bajo investigación. En una primera instancia, indicaron que podría tratarse de un lote con una etiqueta desactualizada, pero con el avance del procedimiento admitieron irregularidades de mayor gravedad en el proceso de elaboración.
En una presentación posterior, la empresa declaró que el producto había sido elaborado junto a la firma GRIDO S.A., la cual no figuraba como elaboradora autorizada en el registro correspondiente y cuyo establecimiento se encuentra dado de baja por la Disposición ANMAT N° 3524/2023.
Además, se constató que un lote, identificado como L1S23, fue generado a partir del reproceso de una devolución de 10 cajas -120 unidades- provenientes de un cliente, cuyos envases estaban abollados, sin identificación de lote y con faltante de etiquetas. La firma reacondicionó esos productos terminados, les asignó una nueva fecha de vencimiento y los volvió a poner en circulación, incumpliendo las Buenas Prácticas de Fabricación y Control de Productos Domisanitarios.
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La resolución de ANMAT y las medidas adoptadas
Ante este escenario, la ANMAT ordenó la prohibición total del producto y avanzó con sanciones administrativas. A través de la Disposición 193/2026, el organismo dispuso la prohibición de su elaboración, comercialización y distribución en todo el territorio nacional, incluida su oferta en plataformas de venta en línea, para todas sus presentaciones.
La medida alcanza a todas las unidades identificadas como “DESTAPACAÑERÍAS, marca ‘CLINSY’”, cuyo rótulo declara la siguiente composición: agua, hidróxido de sodio 62,5%, hipoclorito de sodio 5,25%, Kathone LX 1,5 al 0,1%, tensioactivos y emulsificantes. En la etiqueta figura como responsable de la administración y las ventas la firma Villard & Louis S.A., con domicilio en Armenia 3550, Munro, provincia de Buenos Aires, Argentina, R.N.E. N° 020045497 – T.I. N°, y como elaboradores, según el envase, los establecimientos identificados con los RNE N° 020034843, 020046434 y 020046566.
En paralelo, se instruyeron sumarios sanitarios contra las firmas VILLARD Y LOUIS S.A. y GRIDO S.A., así como contra sus directores técnicos, por presuntas infracciones a múltiples resoluciones y disposiciones sanitarias vigentes, entre ellas la Resolución ex MS y AS N° 708/98, la Resolución ex MS y AS N° 709/98 y la Disposición ANMAT N° 7725/2006.
Finalmente, la ANMAT recomendó a la población “abstenerse de adquirir o utilizar cualquiera de los productos domisanitarios de dicha marca”, ya que su seguridad y calidad “no pueden ser garantizadas”. La disposición fue comunicada a las autoridades sanitarias provinciales, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial para su plena vigencia en todo el país.
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