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Argentinos varados por coronavirus: cómo tienen que reclamar a los consulados

Se dispuso que se atienda las 24 horas para asistir a los argentinos y extranjeros con residencia en Argentina, y que tengan pasaje de regreso al país.

aeropuerto coronavirus
Imagen ilustrativa. | AFP

La Cancillería dispuso hoy que los consulados argentinos con sede en los países más afectados por el coronavirus (COVID-19) atiendan las 24 horas para asistir a los argentinos y extranjeros con residencia en Argentina, que se encuentran en los países afectados y que cuenten con pasaje de regreso al país.

Según informó el Palacio San Martín en un comunicado, se estableció además una serie de medios de contacto en los consulados argentinos en las zonas más afectadas que pueden verse en siguiente link.

La medida tomada por la Cancillería está en consonancia con el artículo 9 del decreto de necesidad y urgencia que amplía la emergencia sanitaria a un año y determina la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas durante el plazo de 30 días.

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Según detalló la cartera que encabeza Felipe Solá, se establece una línea gratuita, de emergencia y de atención rotativa 0800-222-8478 para ser utilizada por quienes llamen desde Argentina y requieran información.

Además se crearon dos cuentas de WhatsApp: +54 911 6271 7291 y +54 911 4411 3057, y se dispuso una casilla de correo con el nombre [email protected] a fin de canalizar y registrar adecuadamente las solicitudes de ciudadanas y ciudadanos argentinos que se encuentran en el exterior y tienen programado su regreso al país.

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Asimismo, se establecerá un mecanismo de asistencia permanente de los consulados en los aeropuertos que posean vuelos directos a la República Argentina.

Allí, se podrá identificar casos de extrema vulnerabilidad o situaciones problemáticas entre los pasajeros y también se evaluará a aquellos que posean síntomas de coronavirus, a fin de decidir su permanencia o si pueden proseguir viaje, además de enviar esa información a las autoridades sanitarias argentinas.

La suspensión de vuelos que establece el decreto presidencial publicado ayer por la anoche en Boletín Oficial, regirá a partir del día martes 17 de marzo y a partir de entonces será exclusivamente la empresa Aerolíneas Argentinas quien se encuentre autorizada a efectuar las operaciones de traslado desde y hacia zonas de riesgo: los países miembro de la Unión Europea (UE), miembros del Espacio Schengen; Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Estados Unidos, República de Corea, Japón, China e Irán.

J.D. /