ACTUALIDAD
Trabajo estatal

A dos años de la pandemia, los trabajadores de la administración pública vuelven a la presencialidad

Los Decretos de Necesidad y Urgencia que establecieron la modalidad de trabajo virtual dejaron de estar vigentes para la administración pública. A partir de este lunes regresa la presencialidad plena, se mantienen los cuidados y algunas excepciones.

Oficina de Afip o Anses-20210303
Oficina de Afip o Anses. | Telam-Redes

Este lunes 2 de mayo los trabajadores de la administración pública retomaron la presencialidad plena. Así lo dispuso el decreto del Gobierno nacional que establecía el 1 de mayo como fecha límite para la modalidad de trabajo remoto.

Después de un poco más de dos años de la llegada de la pandemia de Covid-19 a la Argentina, y habiendo superado la etapa crítica, dejaron de estar vigentes los Decretos de Necesidad y Urgencia que establecían formatos virtuales de trabajo como una de las medidas sanitarias dispuestas para frenar los contagios en el territorio. 

“Cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional (...) deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios”, señaló el mes pasado la Resolución 58/2022 publicada por la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete en el Boletín Oficial.

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

¿Es el final de la pandemia y el comienzo de la gripe en la Argentina?

En agosto del año pasado ya se habían realizado avances en este sentido cuando los empleados estatales comenzaron un esquema de trabajo mixto, donde retomaron la presencialidad “aquellos trabajadores que hubiesen recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad contra el Covid-19”.

Para aquel momento, el Estado reacondicionó las sedes de trabajo según los parámetros establecidos por las autoridades sanitarias y se aplicaron políticas de cuidado como el uso de barbijo, la sanitización y capacidad reducida de personas para cada ámbito.

En este nuevo retorno a la presencialidad, se seguirán sosteniendo las recomendaciones generales de prevención y cuidado, como el uso de barbijo y la sanitización, en pos de prevenir el contagio de coronavirus y otras enfermedades respiratorias.

Asimismo, según la resolución firmada el mes pasado por Ana Castellani, secretaria de Gestión y Empleo Público, los organismos estatales deberán solicitar los certificados de vacunación a todos sus trabajadores. Quienes no se hayan vacunado tendrán que firmar una Declaración Jurada donde afirmen que han recibido y comprendido la información sobre la vacunación y que asumen toda responsabilidad derivada de su conducta.

Las nuevas costumbres y tendencias para el consumo pospandemia

Al mismo tiempo, los no vacunados deben comprometerse a “tomar los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al normal desempeño del equipo de trabajo que integran”.

“Solamente hoy siguen trabajando de manera remota aquellas personas que tienen algún tipo de inmunodepresión, una comorbilidad, que establece muy claramente los incisos 5 y 6 de la última resolución de Salud, una situación que impide, con acreditación de certificado médico, la asistencia presencial”, explicó Castellani sobre los trabajadores que pertenecen a grupos de riesgo y continuarán exceptuados.

Específicamente, quienes continuarán con la modalidad de teletrabajo son las personas con inmunodeficiencias congénitas, asplenia funcional o anatómica, anemia drepanocítica y desnutrición  grave, con VIH y los que reciben medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis. También quedan exceptuados los pacientes oncológicos y trasplantados.

Por otra parte, según indicaciones del Ministerio de Salud, “aquellos trabajadores que tengan diagnóstico de Covid-19, que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus lugares de trabajo sin necesidad de presentar un test negativo ni certificado de alta”.

Quienes no cumplan con la nueva modalidad de trabajo podrán sufrir sanciones que corresponden en conformidad al régimen disciplinario aplicable.

 

AS/ff