La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves 18 de noviembre la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de una marca de galletas dulces producidas en Mendoza por estar falsamente rotulado, resultando ser un producto ilegal.
Mediante la Disposición 8563/2021, publicada en el Boletín Oficial, el organismo apuntó contra las “Galletitas dulces con miel”, marca “La Española”, RNPA Nº 13044532, RNE N° 13004748, elaborado hasta el 9/9/2021, por no incluir el rótulo del producto la frase de advertencia “puede contener leche”, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal.
En el documento, se explicó que las actuaciones se originaron a partir de que el Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza abriera una investigación por una denuncia. En tal sentido, su consumo habría causado en dos menores de edad una reacción alérgica a la proteína de leche.
Por ende, el organismo llevó a cabo una inspección en el establecimiento elaborador, Dolphin S.A, RNE 13004748, ubicado en la localidad de Godoy Cruz, y según se determinó, el producto es formulado y elaborado en una línea de producción en la que también se procesan otros productos con leche como ingrediente.
En consecuencia, el Departamento "intervino el stock de etiquetas de producto y el producto elaborado respectivamente", mientras que prohibió su elaboración y solicitó a la empresa que realice el retiro preventivo del mercado de todos los lotes.
De tal modo, el Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos determinó que este producto puede representar "un riesgo grave para la salud de personas sensibles a la proteína de la leche" y, por lo tanto, resolvió que "el retiro y su comunicación deberán extenderse hasta el nivel del consumidor".
1992- 2021: la ANMAT celebra su 29º aniversario
ANMAT prohibió 17 productos de la marca El-Fa-Ne
Por otra parte, a través de la Disposición 8562/2021, también publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de 17 productos de la marca El-Fa-Ne por irregularidades en los registros de los elementos.
La medida alcanza a distintos lotes de los siguientes productos: lenteja, lentejón, maíz pisingallo, arveja partida, maíz pisado colorado, maíz pisado blanco, fariña, sémola, trigo candeal, trigo burgol, avena arrollada, harina de maíz de cocción rápida, poroto alubias, poroto negro, poroto pallares, poroto manteca y semilla de chía.
Desde el ente regulador, se indicó que carecen “de autorización de establecimiento y de producto” y están “falsamente rotulados al consignar en su rotulo un número de Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) dados de baja, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.
De acuerdo con los fundamentos, la investigación se inició a raíz de una denuncia realizada ante el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos en relación a la comercialización del producto: “Sémola, marca EL-FA-NE, Elaborado por RNE N° 025/08004131”, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
Seguidamente se realizó una auditoria en el domicilio del establecimiento, donde se observó que era un depósito de productos envasados que no poseía habilitación municipal y no evidenciaba en existencia el producto investigado. Por su lado, el titular del establecimiento dijo que procedió solicitar la baja de la habilitación municipal y los registros provinciales, por lo que se procedió a la intervención de todos los productos constatados. En abril de este año, el instituto entrerriano de bromatología había dado la baja de los rótulos de los productos hallados en el depósito por falta de pago.
CFT/ff