Un recurso en la Corte Suprema demora parte central del caso Nisman
La defensa de Diego Lagomarsino se opone a que la fiscalía, que tiene delegada la investigación del caso, sea la que se encargue del análisis del material de prueba, y pide que sea el juez, Julián Ercolini, quien lo haga.
Solo de un teléfono de Diego Lagomarsino hay 2.997 hojas con información a analizar. Sin embargo, esos primeros resultados, recibidos en diciembre de 2019, aún no pudieron ser analizados por los funcionarios judiciales que investigan la muerte del fiscal Alberto Nisman por un planteo realizado por la defensa de Lagomarsino en la Corte Suprema de la Nación, adonde sus abogados llegaron con un recurso de queja, tras tres rechazos en instancias anteriores.
Una parte considerada central por los investigadores del caso por el crimen del fiscal Alberto Nisman es el resultado de los peritajes tecnológicos realizados a los dispositivos electrónicos recolectados la investigación, entre ellos en los allanamientos al técnico informático Diego Lagomarsino y los cuatro custodios del fiscal, todos procesados. El material relevado es voluminoso porque fueron peritados más de 200 equipos.
En el caso, Lagomarsino está procesado como presunto partícipe necesario del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego.
La defensa de Diego Lagomarsino se opone a que la fiscalía a cargo de Eduardo Taiano, que tiene delegada la investigación del caso, sea quien se encargue del análisis del material, y pide que sea el juez, Julián Ercolini, quien lo haga. "La ejecución de la medida en cuestión se trata de una facultad expresamente reservada al juez de la causa e involucra la realización de un acto irreproducible", sostuvo la defensa del técnico informático propietario del arma de la que salió el disparo que mató a Nisman.
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El requerimiento fue rechazado en primer lugar por Ercolini, luego por la Cámara Federal de Apelaciones y en julio pasado, por la de Casación. Máximo tribunal penal del país, la Cámara de Casación declaró entonces inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por Lagomarsino. Fue por considerar que “el recurso no está dirigido contra la sentencia definitiva de la causa ni contra una equiparable a tal, y que tampoco no ha sido demostrada ninguna vulneración al derecho de defensa en juicio ni la garantía constitucional del debido proceso”.
La decisión consideró también que no era posible habilitar la intervención de la Corte en base a la doctrina de la arbitrariedad, “puesto que deben ser demostrados defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual entiende que no ha sido acreditado por el recurrente”.
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Sin embargo, tras ese revés en tercera instancia la defensa llegó en queja al Palacio de Tribunales. Aunque por las características del recurso todo indica que podría concretarse un nuevo revés para Lagomarsino en esa instancia, como el máximo tribunal no tiene plazos para expedirse, se desconoce cuándo la Justicia podrá finalmente acceder al análisis del material.
Ese parate detiene gran parte del avance y la eventual elevación del primer tramo del caso a juicio, en el que están procesados Diego Lagomarsino y los cuatro custodios de Alberto Nisman.
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