Nuevo régimen

Ley de Inocencia Fiscal: quiénes pueden adherirse y qué beneficios reales ofrece el nuevo régimen

El abogado tributarista Daniel García explicó los requisitos, alcances y límites del régimen de ganancias simplificadas reglamentado esta semana.

ARCA (Captura)

La norma, aprobada en diciembre y recientemente reglamentada en su capítulo de ganancias simplificadas, apunta a un universo específico. “Es una ley que se viene hablándose bastante, se aprobó en diciembre y se reglamentó un día ahora, puntualmente es la parte de ganancias simplificadas que se reglamentó el lunes”, explicó el abogado tributarista Daniel García.

El entrevistado detalló que el régimen no es para todos: “Primero, ser un contribuyente de impuesto a las ganancias. Ahí quedan excluidos los monotributistas”. Además, estableció límites patrimoniales y de facturación: “Tener bienes por menos de 10.000 millones de pesos y facturación por más de 1.000 millones de pesos. Ahí quedan excluidos también los grandes contribuyentes”. Y fue categórico ante las confusiones: “Esto no es un blanqueo general ni nada, sino que es puntual para algunos contribuyentes”.

Beneficios y blindaje frente a fiscalizaciones

El régimen es optativo y requiere adhesión formal ante ARCA. “El contribuyente tiene que adherirse por un formulario, ya está disponible el formulario web en ARCA”, señaló.

Uno de los principales cambios es la declaración jurada precargada: “Va a tener una declaración jurada de ganancias precargada. Es decir, ARCA va a preestablecer la declaración jurada del contribuyente”. Sin embargo, el sistema permite ajustes: “El contribuyente va a poder modificar esa declaración jurada, incorporar ingresos o gastos que ARCA no haya considerado”.

Además, elimina exigencias históricas en la liquidación: “El patrimonio al inicio y al fin ya no va a ser necesario prestar una justificación al respecto”, indicó.

El verdadero atractivo, según García, está en la protección jurídica: “La ley me da dos beneficios contundentes. El primero es el efecto liberatorio hacia atrás, y el otro es el principio de exactitud de la declaración jurada”. Y sintetizó: “Me da como un tapón hacia atrás de la declaración jurada que yo realicé”.

No obstante, aclaró que ARCA no pierde facultades: “ARCA no pierde sus facultades de verificación, pero lo que hay es una presunción de que la declaración jurada es exacta”. Si el organismo pretende modificarla, deberá probarlo.

Existen, sin embargo, causales de exclusión. “Cualquier factura apócrifa que yo haya considerado en mi declaración jurada me excluye del régimen”, advirtió. También rige la llamada discrepancia significativa: “Si hay 15% de diferencia entre lo que yo declaré y lo que me indica ARCA, también esto me excluye”.

¿Es un blanqueo encubierto?

García insistió en despejar sospechas: “Es importante recalcar que esto no es un blanqueo general que venga a perdonar todo”. El régimen está pensado para actividades lícitas no plenamente declaradas, pero no ampara delitos graves: “Está lejos de ser un blanqueo pensado para personas vinculadas al narcotráfico, a la trata de personas o a la corrupción”.

Sobre el interés del público, mencionó estimaciones oficiales: “Se calcula o se estima que hay 170 mil millones de dólares en el colchón”, recordó, en referencia a declaraciones del ministro Caputo.

Y concluyó: “Consultas hay, pero también hay mucha desinformación y falta de normativa”. Para el especialista, el régimen es atractivo, pero requiere análisis caso por caso: “Es un régimen que es interesante, que hay que estudiar el caso concreto para ver si le conviene”.