Condenaron a una comerciante por difamar y tratar de "chorra" a una vecina en Facebook
La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn ratificó el fallo que ordenó indemnizar por daño moral a una mujer con 2,4 millones de pesos. Qué dice el fallo.
La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn ratificó un fallo de primera instancia que condenó a una comerciante a indemnizar a una vecina por haber realizado publicaciones difamatorias al calificarla de "chorra" en la red social Facebook, según publicó el sitio del Poder Judicial de Chubut.
Así la resolución dictada en septiembre de 2026 confirmó que "las publicaciones en redes sociales que atentan falsamente contra el honor y la dignidad de las personas generan la obligación de reparar el daño moral causado y de publicar una rectificación en la misma plataforma donde circuló la injuria".
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"Chorra": injuria en redes sociales
Todo ocurrió cuando "la titular de un comercio de indumentaria acusó mediante publicaciones en su perfil personal de Facebook y en la cuenta comercial de su emprendimiento, de haberle clonado la tarjeta de débito y haberle sustraído la suma de 200 mil pesos".
"La grave imputación motivó en su momento el inicio de actuaciones judiciales y el allanamiento del domicilio de la afectada con el secuestro de sus dispositivos electrónicos. Ante la falta de pruebas que respaldaran la acusación y el archivo de las actuaciones penales, la vecina promovió una demanda de daños y perjuicios", precisaron desde la Justicia de Chubut.
Además detalló que la mujer de Puerto Madryn descubrió que le habían vaciado la cuenta bancaria y que "a partir de un dato que, según dijo, le dio una billetera virtual, atribuyó el hecho a otra vecina, a quien llamó por teléfono".
"Ese mismo día publicó en Facebook – utilizando su perfil personal y el de su comercio- la acusación, con la foto, el nombre y el apellido de la otra mujer", según explicó un comunicado oficial.
"El posteo se compartió unas 350 veces y motivó más de 200 comentarios, varios de ellos con propuestas de “escracharla” y represalias. Al día siguiente volvió a publicar, esta vez llamándola ´chorra´ y prometiendo ´te voy a arruinar´. También hizo una denuncia penal por estafa. La fiscalía allanó la casa de la mujer acusada y le secuestró dispositivos electrónicos, pero la causa terminó archivada porque la empresa de pagos nunca respondió los pedidos de información. La acusación nunca se probó", de acuerdo a lo publicado por el sitio oficial del Poder Judicial de Chubut.
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Primera instancia y Cámara
En primera instancia, en un fallo del 19 de marzo de 2026, el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Puerto Madryn a cargo en ese momento del juez de refuerzo Patricio Cosentino, hizo lugar a la demanda y condenó a la autora de las publicaciones a pagar $ 2.450.000,00 pesos (desglosados en $ 50.000 por gastos notariales y $ 2.400.000 por daño moral), más intereses.
También le ordenó publicar una rectificación en Facebook y mantenerla durante 15 días. La demandante apeló el 26 de marzo de 2026 y pidió "elevar la indemnización y extender la publicación a diarios impresos".
Tiempo después, la Cámara, integrada por los magistrados Heraldo Enrique Fiordelisi y Julián Emil Jalil, desestimó la apelación y ratificó el fallo original.
El juez Fiordelisi sostuvo que “la solución debe guardar relación con la naturaleza del agravio acreditado, el ámbito en que fue difundido y la necesidad de evitar una expansión desproporcionada del conflicto”.
“La imposición de ‘disculpas’ públicas no aparece como el remedio más adecuado, desde que introduce un componente subjetivo que excede la función propia de la tutela resarcitoria”, añadiendo que “no resulta proporcionado extender esa rectificación a Diario Jornada y Diario El Chubut, pues los agravios acreditados en autos fueron difundidos a través de Facebook”.
Por último Jalil adhirió a los fundamentos del voto preopinante y confirmó la condena total de $ 2.450.000,00 pesos e impuso las costas de la segunda instancia a la parte actora por haber sido vencida en su recurso.
Fuente: Poder Judicial de Chubut.
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