La Fiscalía General procura que el fallo que sobreseyó a piqueteros sea revisado por el TSJ
El fiscal de la Cámara de Acusación, Jorge Leiva, analiza la presentación de un recurso de casación. Si no lo hace, podría haber una instrucción explícita del fiscal general. “La sentencia limita el poder para gestionar los conflictos”, señalaron.
El fallo de la Cámara de Acusación que sobreseyó a seis dirigentes sociales y gremiales cayó pésimo en la Fiscalía General. Desde hace dos años se estableció un protocolo de hecho ante manifestaciones gremiales, sociales o políticas en las calles de la ciudad de Córdoba. "La sentencia es un límite al poder de gestión de los conflictos", afirman.
El protocolo existente procura garantizar corredores sanitarios y la media calzada libre para que circule el transporte público, conociendo anticipadamente qué recorrido tendrán los manifestantes a quienes se insta a respetar esas condiciones básicas.
A raíz de un “piquetazo” que se hizo en todo el país y también en esta Capital, el 5 de abril de 2023, el fiscal Ernesto de Aragón imputó a seis dirigentes sociales por desobediencia a la autoridad y obstrucción de transporte y servicios públicos.
Tras analizar en detalle lo sucedido aquel día, la Cámara de Acusación consideró que no cometieron delito y los exculpó, clausurando la elevación a juicio del fiscal De Aragón.
Malestar en el G6 ante fallo que sobreseyó a dirigentes sociales imputados por cortes de calle
La argumentación de los jueces del tribunal fue cuestionada por la Fiscalía General. Fuentes de esa oficina explicaron a Perfil Córdoba que “limita el poder de los fiscales y policías para gestionar los conflictos”. En efecto, el ministro de Seguridad, Juan Pablo Quinteros, reaccionó a la decisión de los jueces asegurando que "en Córdoba se continuará aplicando el protocolo para garantizar el derecho a transitar libremente".
En la cabeza del Ministerio Público Fiscal esperan que el fiscal de la Cámara de Acusación, Jorge Leiva, recurra en casación para que el Tribunal Superior revise la sentencia. Leiva no dijo qué va a hacer. Dejó trascender que "está analizando el fallo".
Si resuelve no apelar, la Fiscalía General podría emitir una directiva específica ordenándole presentar el recurso. A partir de ayer, hay 15 días hábiles de plazo.
Sostienen que el derecho a protestar no es absoluto y tampoco debe significar un perjuicio para quienes trabajan, tienen sus negocios en el centro y transitan.
Las marchas con cortes de calles afectan a vecinos, a particulares, cuando los reclamos son dirigidos, muchas veces, al gobierno provincial. Los damnificados no tienen responsabilidad ni posibilidad de resolver los reclamos que se manifiestan. En síntesis ese es el argumento.
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