Confusión en las redes por una normativa del BCRA sobre operaciones con dólares
El artículo 4º de la Comunicación "A" 7052 se aplicaba a argentinos residentes en el exterior pero las redes buscaron viralizar una interpretación errónea.
Este jueves, el Banco Central (BCRA) anunció que dispuso que las empresas podrán acceder a la compra de dólares en el mercado oficial de cambios para pagar importaciones a partir del momento del despacho del embarque en el puerto de origen. La medida fue adoptada en la reunión de Directorio del BCRA y forma parte de las medidas de acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) implementadas vía Comunicación A 7030, cuya vigencia se extenderá hasta el 31 de julio, informó el Central en un comunicado.
De esta forma, habilitaron a comprar dólares las empresas que importen bienes correspondientes a operaciones que se embarquen a partir del primero de julio o que, habiendo sido embarcadas con anterioridad, no hubieran arribado al país antes de esa fecha. Así, el Banco Central liberó el acceso al mercado oficial de cambio para el pago destinado a la importación de medicamentos críticos, la compra de kits para la detección del coronavirus Covid-19, insumos para la producción local de medicamentos y el pago de importaciones en la medida que el monto no supere el equivalente a US$ 1.000.000.
Sin embargo, este viernes el Whatsapp de los operadores de Bolsa y el mundo digital de las redes sociales viralizó la noticia de que "hijos y nietos de desaparecidos" podrían acceder operaciones en dólares "sin impuestos" y/o sin presuntos "límites". Se habilitaba presuntamente desde la Comunicación "A" 7052, entre otras cosas, a enviar dólares (comprados al valor oficial) al exterior.
Desde las redes sociales se promovieron hashtags como #DolarDesaparecido o #NoAlDolarTerrorista.
Con el dólar tranquilo, la bolsa y las ADR repuntaron
Desde PERFIL nos comunicamos con voceros del Banco Central para que brinden precisiones y aclaraciones sobre la correcta interpretación del artículo cuarto de la norma en cuestión. Remarcaron que sólo aplica a "argentinos residentes en el exterior" y para casos "muy puntuales".
"Es una norma que estuvo vigente hasta 2015 y que cuando Macri puso el cepo deliberadamente dejó afuera. Es para casos muy puntuales de personas víctimas del terrorismo de Estado que cobren indemnización y tenga residencias en el exterior. La residencia es un documento, tiene que estar declarado su residencia en el exterior. Y es para nuevos casos, no es retroactivo", explicaron.
Y argumentaron: "No sabemos si hay casos pendientes, no regulamos por casos individuales, son marcos legales generales. Puede haber casos de víctimas que judicializaron el reclamo o que por determinados motivos no lo hayan iniciado o estén todavía sin liquidar. Y cobran igual que los jubilados argentinos que tienen declarado residencia en el exterior".
También te puede interesar
-
Bitcoin, Ethereum y BNB: a cuánto cotizan las criptomonedas hoy, jueves 25 de diciembre
-
Juicio por YPF: los demandantes piden declarar a la Argentina en desacato
-
La actividad de las cadenas agropecuarias marcó un récord en noviembre
-
Plazo fijo: cuánto gano si invierto $400.000 a 30 días
-
Las ventas minoristas en Navidad crecieron 1,3% impulsadas por las promociones
-
Inflación y dólar en 2026: los números que proyectan analistas locales e internacionales
-
Nuevo aumento de la VTV en provincia de Buenos Aires: a partir de cuándo pasará a costar casi $100.000
-
El 2025 de Luis Caputo: euforia en la City, semáforo rojo en la actividad, estabilidad a préstamo y mesa chica desarmada
-
La producción de industrias pymes acumula 10 trimestres consecutivos con caídas
-
El Riesgo País cierra en 575 puntos tras el nuevo esquema de bandas cambiarias y señales fiscales