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El Gobierno oficializó la baja de retenciones al agro: cómo queda el cronograma hasta 2028

En el Decreto 423/2026, el Poder Ejecutivo planteó que la reducción de los derechos de exportación apunta a mejorar la competitividad de las cadenas agroindustriales, promover inversiones, aumentar la producción y consolidar una mayor inserción internacional de la Argentina.

Baja gradual de retenciones. Foto: Imagen creada con IA

El Gobierno oficializó la baja de retenciones para el agro y puso en marcha un cronograma de reducción gradual de los derechos de exportación que se extenderá hasta diciembre de 2028. La medida quedó formalizada a través del Decreto 423/2026, publicado este miércoles 3 de junio en el Boletín Oficial, y alcanza a productos de las cadenas de soja, maíz, trigo, cebada, sorgo y girasol, además de determinados biocombustibles.

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La decisión, anunciada por el presidente Javier Milei y luego detallada por el ministro de Economía, Luis Caputo, diferencia entre cultivos de invierno y cultivos de verano. En el primer caso, la baja será inmediata por la cercanía de las decisiones de siembra. En el segundo, el Gobierno definió un sendero progresivo que comenzará en 2027 y terminará en diciembre de 2028.

Según el texto oficial, el objetivo es avanzar con una reducción “gradual, previsible y verificable” de los derechos de exportación, sin comprometer el equilibrio fiscal. En los considerandos, el Poder Ejecutivo volvió a calificar a las retenciones como un impuesto distorsivo y ratificó que buscará reducirlas “hasta su desaparición” en la medida en que lo permita el superávit fiscal.

La norma entrará en vigencia este jueves 4 de junio, el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Baja inmediata para trigo y cebada

El primer impacto será sobre los cultivos de invierno. El decreto fija una reducción inmediata para trigo y cebada, cuyas alícuotas bajan del 7,5% al 5,5%.

La decisión llega en plena definición de la campaña fina y busca dar una señal al productor antes de la siembra. También se establecieron nuevas alícuotas para derivados de esas cadenas, como harinas, sémolas, almidones, malta y otros subproductos industriales, con tasas que varían según la posición arancelaria.

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En los fundamentos del decreto, el Gobierno sostuvo que el sector agroindustrial es una de las principales fuentes de generación de divisas, empleo y desarrollo regional, y que la baja de impuestos apunta a fortalecer la competitividad exportadora.

Soja: baja gradual hasta llegar al 15%

El complejo sojero tendrá el sendero más relevante por su peso en las exportaciones argentinas. Para el poroto de soja, la alícuota se mantiene en 24% durante 2026, pero comenzará a bajar desde enero de 2027.

El cronograma oficial establece que la retención sobre el poroto de soja pasará a 23,75% desde el 1° de enero de 2027 y continuará con reducciones mensuales hasta llegar al 21% en diciembre de ese año. Luego, durante 2028, el recorte será más acelerado y la alícuota bajará hasta el 15% a partir del 1° de diciembre de 2028.

El esquema también alcanza a aceites, harinas, pellets y otros derivados industriales de la soja, con reducciones escalonadas según cada posición arancelaria.

Maíz y sorgo también tendrán reducción progresiva

El maíz y el sorgo quedaron incluidos en el esquema de baja gradual. Para los granos alcanzados por la alícuota general, el cronograma parte de una retención de 8,5% durante 2026 y comienza a recortarse desde enero de 2027.

De acuerdo con los anexos del decreto, la alícuota bajará en etapas durante 2027 hasta llegar al 7,5% en diciembre de ese año. En 2028 continuará el sendero descendente y llegará al 5,5% a partir de diciembre.

En el Gobierno remarcan que la gradualidad busca que la reducción esté vigente al momento de la comercialización de la producción, pero sin generar un salto fiscal inmediato.

Girasol y biocombustibles, dentro del nuevo esquema

La cadena del girasol también quedó incorporada al cronograma. El decreto contempla reducciones para semillas, aceites y otros derivados, con distintas alícuotas según la mercadería. En algunos casos puntuales, determinadas posiciones quedan con derecho de exportación cero.

La norma también introduce cambios para biocombustibles. El biodiésel obtenido a partir de aceites de cártamo, colza, Brassica Carinata o Camelina Sativa, y otros biodiéseles que no contengan aceite de soja, tendrá una alícuota de 0%.

En cambio, el biodiésel que no esté comprendido en esa excepción seguirá un sendero de reducción gradual: partirá de 21% en 2026, bajará mes a mes durante 2027 y llegará al 13% a partir de diciembre de 2028.

El cronograma de baja de retenciones

Trigo y cebada: baja inmediata del 7,5% al 5,5%.

Soja: se mantiene en 24% durante 2026; baja a 21% en diciembre de 2027 y llega al 15% desde diciembre de 2028.

Maíz y sorgo: parten de 8,5% en 2026; bajan a 7,5% en diciembre de 2027 y llegan al 5,5% desde diciembre de 2028.

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Girasol: tendrá reducciones escalonadas según producto y posición arancelaria.

Biodiésel no sojero: alícuota 0% para el elaborado con aceites de cártamo, colza, Brassica Carinata o Camelina Sativa, y otros que no contengan aceite de soja.

Biodiésel restante: baja gradual desde 21% en 2026 hasta 13% desde diciembre de 2028.

Una señal al campo y a las exportaciones

La oficialización de la baja de retenciones implica un cambio de peso en la historia reciente con el campo. Para la administración nacional, el agro sigue siendo un actor central por su capacidad de generar divisas y sostener el superávit comercial.

En el decreto, el Poder Ejecutivo planteó que la reducción de los derechos de exportación apunta a mejorar la competitividad de las cadenas agroindustriales, promover inversiones, aumentar la producción y consolidar una mayor inserción internacional de la Argentina.

La norma también deberá ser girada a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, por tratarse de un decreto dictado en ejercicio de facultades delegadas.

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