Impuestos

Monotributo y Ganancias ARCA: cómo quedan las nuevas escalas tras el dato de inflación de junio

La inflación acumulada entre enero y julio fue de 16,8%, de acuerdo con lo informado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). 

Eduardo Coria Lahoz sobre la informalidad: “El monotributista es una solución parcial, pero en el largo plazo no es efectivo” Foto: Cedoc Perfil

Luego de conocerse el dato de inflación de junio, se realizará la actualización semestral del piso de Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia y las categorías del Monotributo, de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

La inflación acumulada entre enero y julio fue de 16,8%, de acuerdo con lo informado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). 

Ese porcentaje subirán el piso del Impuesto a las Ganancias, las deducciones y las escalas; así como los topes de facturación, cuotas y otros parámetros (como alquiler y electricidad, entre otros) del Monotributo.

La baja de la inflación de junio renovó el optimismo, pero julio suma presión por alimentos, vacaciones y precios regulados

Los nuevos pisos de Ganancias

- Empleado soltero y sin hijos: salario neto de $2.909.507 y bruto de $3.505.431.

- Empleado con cónyuge y dos hijos: salario neto de $3.386.017 y bruto de $ 4.079.590. 

- Autónomos: desde un ingreso mensual de $ 2.256.489.

Dado que es un tributo anual, los trabajadores con mayores retenciones durante el primer semestre tienen la posibilidad de registrar saldos a favor, según explicó el tributarista Sebastián Domínguez a NA.

Monotributo

La indexación se usará tanto para los topes de facturación, la cuota mensual, el aporte al sistema previsional y a la obra social, así como otros parámetros como alquileres y consumo energético.

- Categoría A: $12.009.410

- Categoría B: $17.595.183

- Categoría C: $24.670.494

 -Categoría D: $30.628.651

- Categoría E: $36.028.231

- Categoría F: $45.151.659

- Categoría G: $53.995.799

- Categoría H: $81.924.660

- Categoría I: $91.699.762

- Categoría: J $105.012.519

- Categoría K: $126.610.839

La recategorización es la evaluación que deben realizar los monotributistas para verificar si continúan en la misma categoría o si corresponde cambiarla, según su actividad.

Si los parámetros de la actividad superan o resultan inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.

La recategorización se realiza dos veces por año: en febrero y agosto En cada período, se deben evaluar los últimos 12 meses de actividad. El trámite puede realizarse hasta el día 5 de febrero o de agosto, según corresponda.

LM/MSS