Absolvieron a un hombre acusado de abusar de su hija de 3 años: la Justicia dijo que las pruebas no alcanzaron
La Justicia chaqueña consideró que las pruebas no alcanzaron para condenarlo por abuso sexual infantil. La Fiscalía apelará el fallo y sostiene que sigue convencida de la culpabilidad del acusado.
La Justicia del Chaco absolvió este lunes a un hombre que había llegado a juicio acusado de abusar sexualmente de su hija cuando la niña tenía apenas tres años, en un expediente que durante años generó una fuerte conmoción pública, movilizaciones y un intenso debate sobre la valoración de la prueba en casos de abuso infantil.
El imputado, Mauro Frugoni Zavala, fue absuelto por unanimidad por la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia. Las juezas Cristina Pisarello, Glenda Vidarte y Sandra Esquetino concluyeron que las pruebas reunidas durante el proceso no lograron superar el principio de “duda razonable” que exige una condena penal.
La decisión judicial provocó un fuerte impacto en la provincia y reavivó la discusión sobre cómo deben investigarse y juzgarse este tipo de denuncias, especialmente cuando las presuntas víctimas son niños pequeños.
El tribunal habló de “duda razonable”
Tras la lectura de la sentencia, la presidenta del tribunal, Cristina Pisarello, explicó que la absolución se basó en que la acusación no logró alcanzar el nivel de certeza necesario para una condena.
“La prueba presentada por la acusación no fue suficiente para superar el beneficio de la duda razonable”, sostuvo la magistrada ante los medios locales.
La jueza aclaró además que el acusado atravesó todo el proceso judicial en libertad y remarcó que el fallo todavía no quedó firme porque puede ser revisado por instancias superiores.
El juicio oral se extendió durante once jornadas y contó con la declaración de 18 testigos, entre ellos diez profesionales de la salud: psicólogos, psiquiatras y trabajadores sociales.
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Videos, pericias y una causa atravesada por controversias
El expediente se originó a partir de denuncias realizadas en 2021. Uno de los elementos centrales de la acusación fueron videos y audios grabados por la madre de la menor, en los que la niña mencionaba presuntos hechos de abuso.
Sin embargo, las juezas cuestionaron el valor técnico de ese material y señalaron que no podía ser considerado automáticamente como un relato válido desde el punto de vista forense.
En los fundamentos del fallo, el tribunal sostuvo que las grabaciones podían estar afectadas por mecanismos sugestivos y que existieron problemas metodológicos en distintas intervenciones realizadas sobre la menor.
Las magistradas también pusieron bajo análisis la cantidad de evaluaciones psicológicas y entrevistas realizadas a la niña a lo largo de la investigación. Según la sentencia, hubo una “sobreintervención” de profesionales y fuertes contradicciones entre peritos.
Mientras algunos especialistas afirmaron detectar indicadores compatibles con abuso sexual infantil, otros señalaron que no existían elementos concluyentes para confirmar una situación de victimización sexual.
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La Cámara Gesell y el punto clave del fallo
Otro aspecto considerado determinante por el tribunal fue que la niña no brindó un relato incriminatorio durante la Cámara Gesell, una herramienta judicial utilizada para tomar testimonio a menores en contextos protegidos.
Las juezas entendieron que, aun tratándose de un caso de enorme sensibilidad, el estándar probatorio exigido por el derecho penal no pudo alcanzarse.
En uno de los votos, la jueza Glenda Vidarte afirmó que las dudas “se consolidan” porque las pruebas de cargo fueron refutadas con “fundamentos lógicos y metodológicos”. Por ese motivo, el tribunal aplicó el principio constitucional de “in dubio pro reo”, que obliga a absolver cuando persisten dudas razonables sobre la existencia del delito o la responsabilidad del acusado.
El fiscal apelará: “Estoy convencido de la culpabilidad”
La absolución no cerró el caso. El fiscal Martín Bogado confirmó que el Ministerio Público apelará la sentencia una vez que analice en profundidad los fundamentos completos. “Entendemos que había prueba suficiente para una condena”, sostuvo el funcionario judicial.
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Bogado recordó que durante el juicio se incorporaron testimonios de psicólogas y especialistas que respaldaron la denuncia y aseguró que continúa convencido de la culpabilidad del acusado. “Después de trabajar arduamente en una causa tan compleja, sigo convencido de la culpabilidad”, afirmó.
Revocaron la prohibición de acercamiento
Como consecuencia inmediata del fallo, el tribunal dejó sin efecto las restricciones de acercamiento y contacto que pesaban sobre el padre respecto de la niña.
De todos modos, la situación vinculada al cuidado y residencia de la menor seguirá bajo análisis en el fuero de Familia.
El caso, conocido públicamente en Chaco como el de la “Niña C”, estuvo acompañado durante años por protestas, reclamos de organizaciones y fuertes cuestionamientos al funcionamiento de la Justicia en investigaciones por abuso sexual infantil.
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