Abusó de la hija de su pareja mientras se bañaba: lo condenaron a 12 años de prisión
El Tribunal Oral Penal N.° 1 de Corrientes halló culpable a Johnatan Antonio C. por el ataque perpetrado contra la niña de 7 años en el barrio Canal 13.
El Tribunal Oral Penal N.° 1 de la ciudad de Corrientes condenó a la pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo a Johnatan Antonio C. (24), tras hallarlo autor materialmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia preexistente, en perjuicio de la hija de su concubina, de 7 años de edad.
El hecho juzgado ocurrió la tarde del 2 de junio de 2024 en una vivienda situada en el barrio Canal 13. Según acreditó la investigación llevada adelante por la fiscal María Lucrecia Troia Quirch, titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (UFIC) N.° 1, el imputado aprovechó el momento en que la madre de la menor se duchaba para llevar a cabo la agresión. Los gritos de auxilio de la víctima alertaron a la progenitora, lo que permitió descubrir el ataque.
Durante el proceso oral, la fiscalía presentó un cuerpo probatorio decisivo que incluyó las constataciones médicas de la perito policial Sara Pohualnik, la asistencia del personal del hospital Pediátrico Juan Pablo II y los estudios bioquímicos sobre prendas íntimas, donde se hallaron perfiles genéticos que coincidieron de forma directa con el ADN del agresor.
Además, los informes del Cuerpo de Psicología Forense y el testimonio obtenido a través del dispositivo de Cámara Gesell confirmaron indicadores concluyentes de abuso sexual infantil.
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Veredicto judicial y situación procesal
El tribunal de juicio estuvo integrado por los jueces Darío Alejandro Ortiz (presidente), Oscar Ignacio Dubrez y Ana del Carmen Figueredo. Si bien la fiscal Troia Quirch había solicitado durante los alegatos una pena de 15 años de prisión efectiva, los magistrados fijaron la sanción en 12 años.
Asimismo, respecto a la medida cautelar solicitada por la representación del Ministerio Público Fiscal para dictar la prisión preventiva inmediata del condenado hasta la firmeza de la sentencia, el cuerpo de jueces determinó que la ejecución de la pena se hará efectiva una vez que el fallo quede firme en las instancias superiores de la Justicia provincial.
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