CHACO

Tierras fiscales: un fiscal apeló y busca que Capitanich sea procesado por lavado de activos

Carlos Amad cuestionó el fallo que había excluido esa figura contra el exgobernador de Chaco y una ministra. Sostiene que las adjudicaciones fueron el inicio de una maniobra que continuó con ganancias empresariales. Ahora Patricio Sabadini deberá decidir si sostiene la apelación ante la Cámara Federal.

Jorge Capitanich Foto: Archivo

La causa que investiga la adjudicación de más de 3.600 hectáreas de tierras fiscales de Chaco a empresarios vinculados comercialmente con la pareja de una exministra continúa en una nueva instancia. El fiscal federal Carlos Amad apeló la resolución que había procesado al exgobernador Jorge Capitanich por fraude contra el Estado, pero que descartó investigarlo bajo la figura de lavado de activos.

El recurso apunta directamente contra uno de los aspectos más relevantes del fallo dictado por el juez federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, Fernando Carbajal, el 16 de julio. Para Amad, el magistrado interpretó de manera incorrecta la hipótesis de la acusación cuando consideró que no existían operaciones posteriores capaces de configurar el lavado. En su apelación, el fiscal sostiene que el delito no se habría agotado con la obtención presuntamente irregular de las tierras, sino que allí habría comenzado el circuito investigado.

La discusión tiene, además, una consecuencia que excede la calificación penal: de ella puede depender que el expediente permanezca en la Justicia Federal o termine en los tribunales provinciales de Chaco.

 

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Carbajal había anticipado que, si quedaba firme la exclusión del lavado de activos, el delito federal que justificó hasta ahora la competencia, la investigación por las presuntas irregularidades en las adjudicaciones podría pasar a la Justicia ordinaria. Por eso, el movimiento de la Fiscalía reabre una disputa decisiva sobre el futuro de una causa que tiene procesado al actual senador nacional y exgobernador chaqueño.

La tesis de Amad: las tierras fueron “el principio” de la maniobra

El punto central de la apelación está en cómo debe interpretarse el supuesto circuito económico. El juez había considerado que la acusación no había identificado con suficiente precisión actos posteriores e independientes al presunto fraude que permitieran sostener el lavado. En términos simples: para que existiera esa figura, la entrega presuntamente irregular de las tierras no podía funcionar al mismo tiempo como delito precedente y como operación destinada a blanquear el producto de ese mismo ilícito.

Amad rechazó esa lectura. “La adquisición en sí de tierras fiscales no es ‘per se’ la única acción o conducta analizada en este caso para considerar el delito de lavado, es el principio de la maniobra, no se agota en ella”, sostuvo en el recurso. Según su interpretación, la incorporación de los campos habría permitido luego generar ganancias mediante empresas que experimentaron un fuerte crecimiento patrimonial.

La Fiscalía coloca en ese circuito a Grupo Pampa Agro SRL y Pampa Semillas SRL, vinculadas con Mauricio Cian, Federico Storti, Leandro Bessone y Nelson Pochón.

Para Amad, las más de 3.000 hectáreas adjudicadas a integrantes de ese entramado empresarial constituyeron el activo inicial sobre el que posteriormente se habría desarrollado actividad económica y generado ganancias que ingresaron al circuito formal. Ese razonamiento es el que ahora pretende llevar ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.

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La apelación también profundiza la imputación que la Fiscalía pretende sostener contra Capitanich y la exministra Marta Soneira.

Amad los ubica como partícipes necesarios de la presunta maniobra de lavado, bajo la hipótesis de que fueron sus intervenciones desde el Estado las que permitieron a los empresarios acceder a las tierras y, posteriormente, explotarlas económicamente.

Capitanich y Soneira son partícipes necesarios en tanto que son ellos quienes a partir de la adjudicación de las tierras les dan las herramientas a los demás consortes de causa y así seguir adelante con la maniobra delictiva”, afirmó el fiscal.

Más adelante, el recurso sostiene que ambos habrían proporcionado un “medio clave”: el presunto otorgamiento irregular de tierras fiscales y beneficios que, según la acusación, permitieron posteriormente obtener ganancias.

Se trata de la tesis del Ministerio Público Fiscal y no de un hecho probado. Precisamente, Carbajal rechazó ese encuadre en primera instancia, aunque sí consideró que existían elementos suficientes para procesar a Capitanich y Soneira por otros delitos.

 

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Qué resolvió el juez contra Capitanich

El fallo del 16 de julio procesó a Jorge Capitanich y Marta Soneira como presuntos coautores de fraude en perjuicio de la Administración Pública, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.

También quedaron procesados Mauricio Cian, Federico Storti, Leandro Bessone y Nelson Pochón por fraude contra la Administración Pública. La investigación se concentra principalmente en cuatro inmuebles rurales del departamento Almirante Brown, que suman 3.635 hectáreas.

La hipótesis es que empresarios que mantenían vínculos comerciales con Cian, pareja de Soneira, accedieron a campos fiscales mediante expedientes en los que intervinieron funcionarios provinciales. Capitanich firmó, como gobernador, decretos que ratificaron algunas de esas adjudicaciones. Su defensa sostuvo que se trataba de una intervención obligatoria dentro de expedientes previamente analizados por las áreas técnicas y organismos de control.

Carbajal rechazó que la firma del gobernador pudiera considerarse una mera formalidad. Entendió que en adjudicaciones superiores a 300 hectáreas la legislación provincial exige una intervención del Poder Ejecutivo que supone un control sustancial.

 

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Sin embargo, el juez trazó un límite a la acusación fiscal: descartó el lavado de activos, el enriquecimiento ilícito y la malversación de caudales públicos.Es justamente una parte de ese recorte la que Amad busca revertir ahora.

El crecimiento de las empresas, bajo la mirada de la Fiscalía

Para sostener que existieron operaciones posteriores a las adjudicaciones, el fiscal incorporó en su apelación información patrimonial y contable de las empresas. Entre otros elementos, mencionó que Grupo Pampa Agro presentó estados contables en los que su activo corriente pasó de aproximadamente $48,5 millones a $177,6 millones entre ejercicios analizados. También señaló inconsistencias que, según su interpretación, aparecen al comparar determinados créditos por ventas con declaraciones juradas.

Amad también incorporó los beneficios obtenidos por la firma dentro de un régimen de promoción industrial. El recurso menciona una bonificación del 30% sobre el consumo eléctrico, que habría representado un ahorro de $28,5 millones entre agosto de 2023 y julio de 2025, y un reintegro equivalente al 30% de una inversión, calculado en aproximadamente $9 millones a valores de 2022.

 

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Para la Fiscalía, esos elementos deben analizarse de manera conjunta con las tierras adjudicadas y con el crecimiento posterior de las empresas.

El juez, en cambio, había descartado que los beneficios industriales permitieran sostener las imputaciones tal como habían sido formuladas y señaló que fueron tramitados ante otro ministerio sin que se hubiese explicado suficientemente la intervención concreta de Capitanich o Soneira en esos procedimientos.

Capitanich ya había anticipado que apelaría

El exgobernador rechazó públicamente su procesamiento y, en una entrevista con PERFIL, anticipó que recurriría la decisión. “La causa es un invento desde la primera página hasta la última”, sostuvo entonces, y calificó la imputación como “absolutamente infundada, incongruente e inconsistente”.

Capitanich también había cuestionado que se lo responsabilizara por ratificar adjudicaciones que previamente habían atravesado el Instituto de Colonización y diferentes organismos provinciales.

Respecto del lavado, defendió que las tierras continuaban registradas a nombre del Estado provincial y sostuvo que no había existido una transferencia de dominio que permitiera configurar la maniobra atribuida por la Fiscalía. También anticipó otro argumento que ahora se vuelve central: la competencia. Para el senador, si los hechos investigados corresponden a supuestos incumplimientos de funcionarios provinciales, deben ser analizados por la Justicia ordinaria chaqueña y no por el fuero federal.

 

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Sabadini tiene ahora una decisión clave

La apelación de Amad fue presentada el 31 de julio y pide que el expediente sea elevado a la Cámara Federal para que revise la resolución de Carbajal. El próximo movimiento relevante quedará en manos del fiscal general Patricio Sabadini.

Deberá evaluar si sostiene la apelación y reclama ante la Cámara Federal que se revierta la exclusión del lavado de activos, lo que mantendría viva la hipótesis federal contra Capitanich, Soneira y los demás acusados; o si no impulsa ese planteo, escenario que podría dejar más cerca la discusión sobre el envío de la investigación a los tribunales provinciales.

 

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La Cámara, en caso de que el recurso sea sostenido y llegue a esa instancia, tendrá así que resolver una cuestión que puede redefinir mucho más que una calificación jurídica. Deberá decidir si la entrega presuntamente irregular de las tierras y las ganancias empresariales posteriores pueden ser analizadas, como pretende la Fiscalía, como distintas etapas de una misma maniobra de lavado de activos, o si mantiene el criterio de Carbajal y deja el expediente concentrado en delitos contra la administración pública.