El “ciudadano ilustre” hace “vida normal” y nunca perdió la libertad
A Gustavo Rivas lo condenaron por uno de los ocho casos por los que llegó a juicio, y los otros los dieron por prescriptos. Ahora le revocaron la absolución por esos siete hechos.
En actos, conmemoraciones, charlas académicas o eventos sociales se lo podía ver al abogado e historiador Gustavo Rivas (76). Justamente por sus conocimientos y exposiciones lo habían nombrado “ciudadano ilustre” de Gualeguaychú. Pero esta vida pública no se alteró a pesar de haber sido condenado a ocho años de prisión por “corrupción y prostitución de menores”. Hasta el momento, no estuvo preso ni en su casa.
Rivas sigue teniendo vida social. Puede salir de su casa en la localidad entrerriana de Gualeguaychú porque aún la condena que pesa sobre él no está firme. Pero esta semana recibió un revés de la Justicia. Es que él había presentado una “impugnación extraordinaria” para que sea absuelto en el único caso por el que fue condenado de los ocho a los que había llegado a juicio y para que se mantenga la absolución en los restantes.
Pero la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos, por mayoría, no dio lugar al planteo de la defensa y ordenó que un nuevo tribunal le dicte la pena que corresponda por esos siete casos por los que había sido absuelto en primera instancia en 2019 por “prescripción”.
En este sentido, uno de los vocales del STJ destacó en su argumentación que las víctimas le temían a Rivas (por eso optaron por declarar bajo identidad reservada o en una jurisdicción distinta a la que le correspondía) y que éste había “construido una imagen a partir de su participación en actividades socioculturales, profesionales y políticas erigiéndose como un erudito y un referente en la sociedad de Gualeguaychú”.
“Esos puntuales extremos sitúan al caso dentro de lo que se han denominado ‘graves violaciones a los derechos humanos’ y determina que la discusión aquí planteada se resuelva conforme a la doctrina jurisprudencial elaborada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los que se prioriza el derecho de la víctima y de sus familiares a saber la verdad de lo sucedido (…) declarando inadmisibles, en tales supuestos, las disposiciones de prescripción”, se concluyó.
“Rivas está en su casa. Nunca se le impuso restricción de acercamiento a las víctimas y tampoco le restringieron la libertad luego del juicio. Él ejercía la profesión, asistía a actos. Hace vida normal”, enumeró en diálogo con PERFIL Estela Esnaola, abogada de una de las víctimas. La única obligación que tiene Rivas ante la Justicia, mientras la condena no esté firme, es presentarse una vez por semana en Tribunales.
El paso a paso. Rivas fue condenado a ocho años de prisión en 2019, cuando el Tribunal de Juicios de Gualeguaychú lo encontró responsable de los delitos de “corrupción y promoción a la prostitución de menores” en uno de los ocho casos por los que había llegado a juicio. Con respecto a los otros siete, los magistrados entendieron que existió el delito, pero que los hechos habían prescripto (sucedieron entre 1990 y 2004) por eso decidieron absolverlo.
Tanto el Ministerio Público Fiscal como los abogados querellantes apelaron la absolución ante Casación. Mientras que Rivas, presentó un recurso en rechazo de la condena.
Entonces, fue la Sala II de la Cámara de Casación Penal la que le dio lugar al pedido de las víctimas y confirmó la condena y revocó la absolución en los otros siete casos. Así dispuso que “se reenvié al Tribunal de Juicios para que readecue la pena”.
Luego, Rivas presentó una impugnación extraordinaria y la Sala I en lo Penal del STJ presidida por la vocal Claudia Mizawak y los vocales Daniel Carubia y Bernardo Salduna rechazaron el planteo y confirmaron la sentencia de Casación.
Ahora, Rivas tiene diez días hábiles para recurrir, si así lo considera, a la Corte Suprema de Justicia. Si no lo hace, un nuevo tribunal determinará cuántos años deberá pasar en prisión por “corrupción y prostitución de menores”.
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