Con CABA y Mendoza en contra, acuerdan cómo, cuándo y dónde suspender las clases presenciales
El encuentro de ministros de todo el país fue este martes 4, tras el fallo que avaló el reclamo porteño. Para Nicolás Trotta, la Ciudad “no comprende la complejidad” de la realidad epidemiológica.
Tras el fallo de la Corte Suprema que avaló el pedido de la Ciudad de Buenos Aires de mantener la presencialidad escolar a pesar del DNU vigente firmado por el presidente Alberto Fernández, representantes de Educación de las 24 jurisdicciones acordaron este martes 4 distintas regulaciones en función del riesgo epidemiológico y sanitario para trabajar en “reducir el índice de contagios y descomprimir el sistema sanitario, sosteniendo la presencialidad cuidada”, informaron desde el Ministerio de Educación nacional.
Mendoza y el distrito a cargo de Soledad Acuña votaron en contra de la resolución avalada por el resto de las provincias. El ministro Nicolás Trotta dijo estar “convencido de que todos debemos reflexionar y no caer en discusiones falaces”.
“Afirmamos con convicción que la prioridad es la agenda educativa, que en este ámbito de aplicación de políticas públicas no puede ser reducida a la presencialidad en lugares donde ponemos en riesgo la vida. Tenemos que transitar unidos este tiempo y el desafío que implica debe ser avalado por los gobiernos jurisdiccionales”, agregó.
La Corte Suprema avaló las clases presenciales en la ciudad de Buenos Aires
Según lo acordado por el Consejo Federal de Educación (CFE), en los distritos con riesgos epidemiológicos y sanitarios bajos y medios “se mantienen los regímenes de presencialidad y alternancia vigentes”. Y en aquellas zonas calificadas como de riesgo alto -como los dos distritos que se opusieron a la resolución, pero también la provincia de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe, entre otras provincias- “las autoridades jurisdiccionales podrán administrar medidas de restricción parcial de la asistencia presencial para contribuir en la reducción de la circulación de personas”, establecieron.
Estas restricciones tendrán “carácter transitorio, con tiempos de realización claramente establecidos y podrán reorganizar tanto la frecuencia de asistencia presencial de toda la población escolar como la suspensión de toda actividad extracurricular”, se determinó.
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También se sostiene el actual régimen de asistencia de “grupos priorizados”, como los de educación especial, de acuerdo con sus familias, para no alterar el desarrollo de esas actividades.
En el caso de las ciudades de más de 300 mil habitantes donde corresponda, según el DNU, el cierre de escuelas, éstas permanecerán “abiertas para distribuir materiales educativos, devolución e intercambio de actividades no presenciales de parte de docentes en el caso de estudiantes que no cuenten con otros medios de comunicación con la escuela en sus hogares”, estableció el CFE.
En el caso de los alumnos que hayan tenido “vinculación baja o nula con la escuela durante 2020 o quienes transitan la promoción acompañada, la escuela les proveerá la continuidad pedagógica que no tengan en sus hogares”, detalla el documento. Además de los servicios alimentarios escolares “en todas sus modalidades”.
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Las medidas que modifiquen la frecuencia de clases presenciales en los establecimientos educativos tendrán en cuenta la menor unidad geográfica posible y la autoridad educativa jurisdiccional arbitrará los medios necesarios para una comunicación fehaciente de la medida (con fecha de inicio y finalización) con una antelación no menor a 48 horas. Asimismo, desarrollarán acciones de fiscalización y control en los establecimientos educativos y promoverán instancias institucionales de evaluación y mejora continua de la aplicación de los protocolos en las escuelas.
Además, el Ministerio de Educación nacional estableció la asignación de un aporte adicional equivalente al Fondo Escolar Insumos Covid-19 para "fortalecer las actividades de acompañamiento educativo y la ampliación de las sumas asignadas para las líneas de asistencia financiera para obras menores", entre otras medidas.
cfe / ds
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