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Salud pública

Martín Morgenstern sobre la demanda contra el Ministerio de Salud por la IVE: “La ley obliga a proveer estos medicamentos”

El especialista en economía de la salud analizó la demanda contra el Ministerio de Salud por la provisión de medicamentos para la interrupción voluntaria del embarazo.

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MUCHO. Alrededor del 40% de los mayores de 65 toma al menos 5 medicamentos cada día. | Cedoc Perfil

El Dr. Martín A. Morgenstern, especialista en economía de la salud, analizó en diálogo con Canal E la demanda presentada contra el Ministerio de Salud por la falta de provisión de medicamentos utilizados para la interrupción voluntaria del embarazo (IVE).

Según explicó, la acción judicial fue impulsada por una asociación civil que reclama la entrega de dos fármacos contemplados en la legislación vigente: Mifepristona y Misoprostol, medicamentos utilizados en procedimientos de aborto farmacológico.

La demanda contra el Ministerio de Salud

Morgenstern señaló que el reclamo judicial surge a partir de la presunta falta de provisión de estos medicamentos por parte del Estado. “Una asociación civil denominada La Ciega está demandando al Ministerio de Salud de la Nación por la no provisión de dos medicamentos que se utilizan para la interrupción del embarazo”, explicó.

Se trata de fármacos contemplados dentro de la Ley 27.610, que regula el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en Argentina.

“Estas son las pastillas famosas que se utilizan para producir el aborto posterior al evento de la fecundación”, indicó el especialista.

Cómo funciona el método farmacológico

El economista explicó que el método basado en estos medicamentos tiene una eficacia alta en términos médicos. “Este método es efectivo en un 95% o 97%”, detalló.

Sin embargo, advirtió que existe un margen de riesgo. “Hay un 3% que efectivamente tiene riesgo para la salud de las personas”, señaló.

Entre las complicaciones posibles mencionó los casos de embarazos ectópicos, que ocurren cuando la gestación se desarrolla fuera del útero.

La ley de interrupción voluntaria del embarazo

El especialista recordó que la legislación actual surgió para modificar el marco legal anterior, en el cual el aborto era considerado un delito.

“Esta ley vino a subsanar un problema muy serio, que era que todo aborto se consideraba un delito”, explicó.

Según indicó, antes de la sanción de la ley existía un circuito de abortos clandestinos o semiclandestinos que generaba distintos problemas sanitarios y legales.

Debate sobre el rol del Estado y la prevención

Morgenstern planteó que el debate sobre la interrupción voluntaria del embarazo debe contemplar también aspectos vinculados a la educación sexual y la prevención.

“Existen muchos métodos anticonceptivos y el primero de ellos es la educación”, afirmó.

En ese sentido, advirtió que la falta de campañas de prevención puede derivar en otros problemas sanitarios. “Tenemos la explosión de sífilis y de enfermedades venéreas en toda la provincia de Buenos Aires”, señaló.

Educación y políticas de salud pública

Para el especialista, la discusión debe incluir un enfoque más amplio de salud pública. “La inexistencia de campañas de promoción y educación para la salud es un problema”, sostuvo.

También vinculó esta situación con otros desafíos sociales, como el aumento del consumo de drogas y el crecimiento de enfermedades de transmisión sexual entre adolescentes.

“El uso de drogas y el problema de las enfermedades venéreas están ligados a la falta de una educación apropiada”, explicó.

Qué puede pasar con la demanda judicial

Respecto al futuro del reclamo judicial, Morgenstern consideró que el Estado deberá cumplir con lo establecido por la legislación vigente.

“El Ministerio de Salud, por la ley, tiene que proveer estos medicamentos”, afirmó.

Según explicó, cualquier modificación al esquema actual debería realizarse mediante una reforma legislativa en el Congreso.

“No puede cambiar la ley por sí solo, tendría que recurrir al Congreso”, concluyó.