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Las raíces del #NiUnaMenos

Por Mariano Marquevich | Muchas cuestiones desembocan en la movilización. Esta nota busca hurgar en las raíces de la violencia.

La movilización en Córdoba.
| Cedoc

¿De golpe a los hombres se les dio por ser más violentos con las mujeres? Sería un error pensarlo así. Hay un trasfondo de muchas cuestiones que desembocan en la masiva marcha del 3 de junio. Es objetivo de esta nota hurgar en las raíces del #NiUnaMenos.

Te propongo con estas líneas, que buceemos más allá de la álgida situación de preocupación social, de los ensordecedores debates televisivos , y contextualicemos ampliando el debate a sus múltiples causales, con el objetivo de arrimar un abordaje imparcial e integrativo.

En mi experiencia personal, llevo un total de 2.184 pericias psicológicas en casos de violencia familiar. En el Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, en los últimos cuatro años, suman un total de 30.637. Aunque con fluctuaciones, las estadísticas crecen año a año. Esto no sólo debe entenderse como un incremento en los niveles de la violencia social sino como efecto de una multiplicidad de factores:

Factor socio-cultural. Desde las primeras sociedades donde el hombre salía a pelear por el alimento y las mujeres se quedaban en la cueva a cuidar los hijos, pasando por la edad media, en donde a las mujeres se vendían como parte de pago de un terreno, pasando por derecho al voto femenino en 1.948, a estar gobernados por una presidenta, quién no vea un cambio sustancial en el rol de la mujer estaría ciego. Tal como las fechas indican, que los cambios fueron lentos y en el último tiempo se han modificado a un ritmo vertiginoso.

Me tocó no pocas veces participar de casos en que los masculinos alegan como factor desencadenante un cambio de roles, no pautado ni preestablecido: “Cuando nos casamos estaba claro que yo iba a trabajar y ella iba a cuidar a los chicos. Después ella cambió. Empezó a decir que le estaba haciendo violencia económica”.

Es esperable que en personalidades rígidas los vertiginosos cambios culturales no puedan modularse con agilidad y se vivan con altos montos de tensión pudiendo desencadenar con el tiempo en desmadres.

Factor legal. A partir de 1995 entró en vigencia la Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar. Esta Ley promueve un cambio radical de paradigma. Aquellos actos vinculares violentos, que antes eran patrimonio de la intimidad familiar, ahora son pasibles de intervenciones judiciales, situaciones que antes no debían ser manifestadas, pasan a poder ser escuchadas por una autoridad que pudiera poner límite a esta situación y operar estatalmente como un padre sustituto en familias disfuncionales.

En criollo, antes en la Comisaría te decían “Señora, esto resuélvalo en su casa…”, ahora hay Comisarías de la Mujer y Centros 24 hs. que reciben específicamente este tipo de denuncias.

Esta Ley tiene un fin de prevención y no de sanción, como seria en el caso de que la violencia sea tan extrema que constituya un delito que dé lugar a la intervención penal. Intervienen al pedido del Juez, médicos, psicólogos y asistentes sociales.

La divulgación progresiva de las nuevas formas de catalogar judicialmente los comportamientos familiares es una de las razones del crecimiento en las denuncias.

Factor desigualdad. Ninguna persona es igual a otra, pero las características propias a los sexos subrayan diferencias marcadas para ambos bandos. Por empezar, un varón promedio posee entre 20 y 40 por ciento más de masa muscular que una mujer. Y a la vez, tienden también a tener dominio económico en el marco de una pareja. Por más que muchas mujeres trabajen mejor que los hombres en determinados ámbitos, puede que sea el hombre quien tenga mayores posibilidades de proyectarse laboralmente. Un embarazo puede dejarlas sin trabajar durante cinco meses sumado a los cambios hormonales disposicionales, aunque no sea esperable, es posible que sean tenidas en cuenta en menor medida al momento de un ascenso estando en igualdad de condiciones que un hombre.

Es por todo ello, que un acto de violencia acontecido por un hombre a una mujer estando en superioridad de condiciones (económicas y/o físicas) vuelve aún más reprochable su acto y de allí la indignación social.

En la mayoría de los casos los hombres cuentan con un potencial de daño mayor planteando una pelea que además de censurable es desleal desde muchos aspectos.

Factor psíquico. Existen ciertas combinaciones de personalidades cuyo enlace mútuo produce una situación de entrampe. Nos referimos con esto, a la sensación -en quienes la padecen- de estar allí encerrados, de no poder salir, a pesar de que las puertas estén abiertas, a pesar de que puedan denunciar en cualquier momento. 

El vínculo tóxico produce una afectación en la voluntad que les impide poner un freno. Cualquier persona que sufra un trastorno de personalidad (ya sea caracterizado por rasgos psicopáticos, dependientes, obsesivos, borderline, histeroides…) cursando un período de descompensación podría afectar negativamente tanto a él como a quien tenga la desgracia de ser su pareja.

Esto se multiplica si su pareja, a su vez, porta un trastorno de personalidad, y se eleva en términos exponenciales cuando sumamos en la ecuación cuadros tales como adicciones, desajustes en el control de los impulsos, o bien patologías psiquiátricas graves como la bipolaridad, la melancolía o la esquizofrenia. 

Factor desencadenante. A ese caldo de cultivo pueden detonarlo distintos disparadores: infidelidades, problemas económicos, sospechas por celos, división de bienes, litigio por el lugar de convivencia, tenencia de hijos, régimen de visitas, cuota alimentaria…

Factor dinámico. En cuanto al mecanismo más común, Leonor Walker (1978) describe una modalidad típica del ciclo de violencia que, cuando es crónica, vemos seguido narrada en el consultorio. Este ciclo se divide en tres fases que se repiten que se repiten una y otra vez:

  • La fase de acumulación de tensión.
  • La fase del momento agudo y descarga.
  • La fase de arrepentimiento y luna de miel.

Los vínculos interpersonales siempre ponen en juego las características singulares de cada sujeto que interviene en la relación, generándose además una modalidad particular que se retroalimenta interaccionalmente. Todo vínculo incluye y excede los aspectos individuales.

Los relatos –aún en los casos de máxima honestidad- padecen de un sesgo marcado de subjetividad que tiñe las vivencias y las tergiversa. Basta tener una entrevista individual con los integrantes de una pareja para entender la oposición de discursos contrapuestos y aparentemente irreconciliables que la mayoría despliega.

Factor implementación. Efectuada la denuncia una vez advertido el riesgo, si este fuera a ser de magnitud, el Juez casi de rutina produce entonces un cambio drástico en la vida de la familia afectada:

  • La exclusión del hogar del agresor/a . Separa al denunciado del núcleo de convivencia.
  • La prohibición de acercamiento con perímetro de los 200 a los 500 metros (del domicilio, lugar de trabajo y/o escuelas).
  • Solicitar informe de violencia domestica y pericial al Cuerpo Medico Forense.
  • Implementar medidas (informe socioambiental, asistente social para los contactos, instalar abordajes terapéuticos, seguimiento de la evolución de los primeros encuentros)

El Juez requerirá un diagnóstico de interacción familiar efectuado por peritos de diversas disciplinas para determinar los daños físicos y psíquicos sufridos por la víctima, la situación de peligro y el medio social y ambiental de la familia. Habitualmente solicita en sus puntos de pericia:

  • “Psicodiagnóstico de interacción familiar”
  • “Determinar nivel de riesgo”.
  • “Capacidad de los progenitores para ejercer los roles parentales”.
  • 0.“Recomendaciones concretas tendientes a una intervención eficaz”.

Factor post-denuncia. La exclusión suele darse de forma inmediata. La implementación de todas estas las medidas posteriores a llevan un tiempo. La promoción de la denuncia en casos que lo ameriten es insoslayable.

Ahora, imaginemos aquellas denuncias por hechos menores -es decir, que deberían tratarse ya sea en un consultorio psicológico, o en una mediación- y en lugar de ello sean precipitadamente denunciadas. El panorama resulta ominoso, ya que probablemente pueda darse el caso que padres o madres denunciadas sean retirados de sus hogares y no puedan ver a sus hijos a modo meramente preventivo.

Esta sería lado cuestionable de la Ley, y evitarlo depende de la responsabilidad social al momento de hacer una denuncia sin incurrir en exageraciones o falsos testimonios, así como de los Jueces y los trabajadores de Salud -asignados a su evaluación y tratamiento- que puedan dictaminar las medidas acordes a cada caso, no sistematizando un protocolo que no ha de perder nunca el foco singular de la familia involucrada con todas sus particularidades.

Sacando este no menor compromiso cívico-legal que plantea la nueva Ley, en términos generales es una Ley que ha permitido que cantidades industriales de relaciones en calidad de entrampe puedan ser abordadas judicialmente y tratadas a lo largo del tiempo multidisciplinariamente, permitiendo la incorporación de redes asistenciales y sociales en vínculos que seguramente no hubieran encontrado otro modo de resolución.

¿Conclusión? No hay conclusión porque con la denuncia apropiada de estos casos no se termina algo sino que empieza. Empieza un período en donde habrán de sostenerse los cambios con firme apuntalamiento para que las verdaderas causas no vuelvan pronto a recrearse ya sea a partir de una reconciliación precipitada o en nuevos vínculos de los integrantes. Lo cual, es sabido, suele ser moneda corriente en quienes padecen y/o infligen este tipo de dinámicas vinculares ponzoñosas.

Es importante que entendamos que esta nueva Ley resulta crítica para los casos en que la intervención judicial sea inminente. Caso contrario, puede ser utilizada -en lugar de válida arma de defensa- como una herramienta de ataque una vez llevada a cabo sin fundamento real o de amenaza cuando se insinúa sin fundamentos suficientes en aras de obtener un determinado bien.

El gas pimienta se vende para que una persona en inferioridad de condiciones tenga una forma de defenderse ante cualquier eventualidad francamente ofensiva, el mismo gas pimienta puede ser utilizado por un delincuente para concretarlo. Lo mismo ocurre con la Ley.

El problema es mucho más complejo que resaltar la indignación ante el comportamiento masculino incurriendo en generalizaciones inapropiadas.

Para un cambio profundo necesitamos: Educación preventiva. Actividades que promuevan mayor conciencia social. Hogares de contención. Programas de inclusión laboral que permita independizar económicamente a las mujeres para que eso no sea un factor de dependencia sobreagregado; e instituciones asistenciales específicas en la temática que absorban en el mediano y largo plazo los casos denunciados y amortiguen las consecuencias negativas. Para ello espero sirva esta marcha (y esta nota).

Siguiendo con el espíritu divulgador de que propone la marcha, dejo estos datos de valor informativo:

¿Quienes pueden denunciar? Según la Ley contra la Ley de protección contra la Violencia Familiar en su Art. 1 y 2:

• Toda persona que sufriese lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de alguno de los integrantes del grupo familiar podrá denunciar estos hechos en forma verbal o escrita ante el juez con competencia en asuntos de familia y solicitar medidas cautelares conexas. A los efectos de esta Ley se entiende por grupo familiar el originado en el matrimonio o en las uniones de hecho.

• Cuando los damnificados fuesen menores o incapaces, ancianos o discapacitados, los hechos deberán ser denunciados por sus representantes legales y/o el Ministerio Público. También estarán obligados a efectuar la denuncia los servicios asistenciales sociales y educativos, públicos o privados; los profesionales de la Salud y todo funcionario público en razón de su labor. El menor o incapaz puede directamente poner en conocimiento de los hechos al Ministerio Público.

¿Dónde? Llamando al 144 recibirán la información correspondiente.

(*) Psicólogo y novelista. Twitter: @llavemaestraok