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Proyecto de ley AFI

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El proyecto de ley sobre la creación de la AFI enviado por el Poder Ejecutivo al Senado pretende ser aprobado en un trámite exprés. Todo lo contrario a lo que debe ser una política de Estado en un tema tan delicado como el de la inteligencia. Todo lo contrario, también, a lo que fue la sanción de la actual Ley de Inteligencia 25.520, que obtuvo un consenso del 90% de los votos, tanto en Senadores como en Diputados, dado que durante más de seis meses fue motivo de un amplio debate y consenso, del que participaron todas las fuerzas políticas. El Gobierno podrá argumentar que el texto que surja en esta oportunidad es legal. Pero, sin duda, es ilegítimo. Y es ilegítimo porque sólo expresará el pensamiento de un gobierno saliente, que abusa de una mayoría circunstancial a punto de caducar (luego de las elecciones de este año). Por esta razón, las fuerzas opositoras han coincidido en que esta ley será revisada, como tantas otras que han surgido de esta misma concepción y del ejercicio autoritario del poder que ha caracterizado al kirchnerismo.

No obstante lo dicho, esta ley tiene una segunda intención, que es importante mencionar: el Gobierno ha actuado, una vez más, con la mentalidad de un descuidista. En efecto, aprovechando la consternación por la muerte del fiscal Alberto Nisman, y el hecho de que la sociedad tenía puesta su atención en la crisis desatada por ese hecho, aprovechó para llevar agua para su propio molino, transfiriendo el control de Observaciones Judiciales al ámbito de la Procuración General de la Nación, a cargo de la fiscal Alejandra Gils Carbó. Esta funcionaria, como es público y notorio, no es precisamente un ejemplo de independencia y ecuanimidad, sino la expresión de una “Justicia militante”, esto es, un apéndice del oficialismo. Obviamente, aquel no es un gesto ingenuo. Por el contrario: apunta a garantizar la impunidad de los integrantes del actual gobierno, luego de que el 10 de diciembre abandonen el poder y deban rendir cuentas de sus acciones, tanto en la esfera política como en la penal.

Poner en esas manos el control de las “pinchaduras telefónicas” ordenadas por jueces para que, entre otros delitos, investiguen los producidos durante la actual gestión es como poner a un zorro a cuidar el gallinero. Nada nos garantiza que los números de los teléfonos intervenidos no pasen rápidamente, y de igual modo, a conocimiento de los titulares de esas líneas, lo que desvirtuaría, en la práctica, la efectividad del método.

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Por lo demás, este proyecto no agrega ningún elemento novedoso ni ningún instituto importante a todo lo ya establecido en la vigente Ley 25.520. Es más, si se observa detalladamente el texto, todas las modificaciones cosméticas incorporadas se han hecho variando los artículos de la mencionada ley.

Toda ley puede ser actualizada, y más aun en un área tan sensible como es la inteligencia. Pero no es éste el método con que debe encarársela.

*Ex secretario de Inteligencia.