Perfil
CóRDOBA
DESIGUALDADES SOCIALES

Vanesa López: “La propuesta de reforma libertaria pone en riesgo el derecho a la educación”

La profesora e investigadora de la UNC considera que el borrador de la propuesta del Gobierno nacional tiene un planteo regresivo.

05-08-2025 Escuelas privadas Córdoba
ESCUELAS PRIVADAS DE CÓRDOBA. | CEDOC.

El borrador del proyecto de reforma de la Ley de Educación Nacional (LEN), impulsado por el gobierno de Javier Milei, ha desatado una ola de críticas y preocupación en la comunidad educativa. El documento, que “se filtró”, es señalado por expertos como una amenaza al derecho social universal a la educación que garantiza el Estado.

La propuesta se articula bajo la premisa de priorizar la libertad individual y familiar para elegir la educación, relegando al Estado a un rol subsidiario. Los analistas advierten que esta visión profundizará las desigualdades sociales.

Perfil Córdoba conversó sobre este tema con Vanesa López, profesora e investigadora de la Escuela de Ciencias de la Educación de la Facultad de Filosofía y Humanidades de la UNC. López es especialista en temas del área de políticas públicas y educativas, educación secundaria y educación superior universitaria.

—¿Cuál es el principal cambio de paradigma que introduce el borrador del proyecto de Ley de Libertad Educativa y cómo impacta en la histórica concepción de la educación en Argentina?

—El borrador ha circulado sin mención de autoría y se ha difundido sin ningún tipo de declaración oficial. Propone una serie de innovaciones que expresan un cambio de paradigma desde donde pensar, planificar y diseñar las políticas públicas educativas, basado en los principios de subsidiariedad, desregulación y privatización de la educación. Uno de los principales cambios es el rol que le asigna al Estado: el proyecto de ley plantea su desplazamiento, relegándolo a un rol subsidiario; expresa que el Estado podrá intervenir de manera complementaria para apoyar a las instituciones y/o “iniciativas sociales”. Este posicionamiento es un planteo regresivo para el derecho social a la educación —consagrado en las regulaciones vigentes— al relegar el rol histórico que ha tenido el Estado como Estado Docente. Pone en riesgo la garantía del derecho a la educación delegando, pareciera, la responsabilidad en actores individuales. La regulación del sistema educativo en su conjunto desde una perspectiva federal también se vería afectada, ya que lo que se propone es su desregulación poniendo en pie de igualdad las iniciativas estatales con las privadas, bajo la premisa de la “libertad educativa” y el rol preferente de las familias.

Escuela secundaria: el 75% de los cambios de orientaciones se asocian al sector tecnológico

—¿Cree que es necesario reformar la Ley de Educación Nacional?

—No creo necesario reformarla. Es una ley que en todos sus términos avanza y amplía el reconocimiento de todas y todos a la educación, la consagra como derecho social y, principalmente, reconoce el derecho de minorías históricamente relegadas, proponiendo modalidades educativas que contemplen sus singularidades.

—¿Cuáles son los puntos del proyecto de reforma que más le preocupan?

—Para empezar, el énfasis en la autonomía de las familias, las instituciones y las iniciativas sociales para decidir y definir los tiempos del calendario escolar, los contenidos a enseñar, los modos de contratación de los docentes, las modalidades y formas alternativas de enseñanza tales como la educación en el hogar, educación híbrida y educación a distancia que de algún modo prescinden de la escuela como institución de transmisión cultural, de formación de lo común y de construcción de lazos sociales.

—El proyecto plantea la autonomía en términos de libertad educativa, ¿qué opina?

—La autonomía planteada en esos términos, sin la tutela del Estado en sociedades altamente desiguales como la nuestra, contribuyen a profundizar la fragmentación social y educativa. ¿Qué familias cuentan con las condiciones de poder brindar y acompañar la educación en el hogar?, ¿Qué familias acceden a dispositivos electrónicos, conectividad y alfabetización digital para acceder a propuestas de educación mediada por tecnologías?

—El borrador también avanza en la idea del programa de “vouchers educativos”, algo similar al modelo chileno. ¿Cómo lo ve?

—Es otro de los puntos preocupantes. A la vez, se desfinancian programas de apoyo para la finalización de los niveles educativos obligatorios cuyos destinatarios son sectores con mayor vulnerabilidad social. La pregunta es por las condiciones de posibilidad y de equidad respecto al ejercicio del derecho a la educación.

—Es decir que el corrimiento del Estado en un contexto de profundas desigualdades golpearía a los más vulnerables…

—Sí, afecta principalmente a los sectores vulnerables. Porque el ejercicio de la libertad educativa para ellos se vuelve una ficción sin políticas públicas que los interpelen como sujetos de derecho, porque presupone condiciones (materiales, sociales, culturales, etcétera) que en muchos casos no tienen. El derecho a la educación se vuelve privilegio de aquellos que cuentan con las condiciones para poder ejercerlo, sin atender las innumerables variables que entran en juego y hacen posible la escolaridad.

—Volviendo al tema del financiamiento a través de la competencia por la matrícula escolar, ¿qué pasaría en las escuelas en contextos de pobreza, rurales o con pocos alumnos?

—El proyecto habilita mecanismos de competencia por la matrícula a través de evaluaciones estandarizadas, sumado a la transferencia de recursos públicos a la oferta privada; por lo que —y sin ánimos de aventurarnos— los efectos para la escuela pública en general serían poco esperanzadores en un contexto de desfinanciamiento y recortes presupuestarios sistemáticos a la educación pública que el Gobierno nacional viene ejerciendo.

—El proyecto plantea la libertad de las escuelas para contratar y despedir personal, ¿qué efectos tendría?

—Esta es una arista bastante delicada del proyecto en relación al resguardo de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores docentes. Otorga a las instituciones la potestad de definir las condiciones de contratación y despido, desconociendo las regulaciones vigentes y los marcos de negociación colectiva establecidos. A lo que se suma la potestad otorgada al Consejo de Padres para la “remoción del director de la institución”. Por lo que uno de los efectos a primera vista es la precarización del trabajo docente y su reconocimiento como profesionales de la educación. Por lo que considero que lo previsto en el documento desampara a las y los docentes como colectivo de trabajadores.

Radiografía del docente en Córdoba: 6 de cada diez son sostén de hogar

Qué dice el borrador del proyecto de Ley de Libertad Educativa


​Derogación de la Ley de Educación Nacional (LEN): El proyecto busca reemplazar la legislación educativa actual (Ley 26.206) por un nuevo marco legal, lo que implica un cambio profundo en la política educativa.

​Libertad educativa: Se consagra la libertad de enseñar y aprender conforme a convicciones, métodos y proyectos pedagógicos de cada institución.


Rol preferente de la familia: Se establece a la familia como el agente natural y primario de la educación.

Subsidiariedad del Estado: El Estado actúa como garante del derecho a la educación (asegurando acceso y validez), pero sin sustituir la responsabilidad familiar.

Obligatoriedad: La educación es obligatoria desde los 4 años hasta la finalización de la secundaria.

Formas alternativas de enseñanza: Se reconoce el derecho a la educación básica mediante modalidades fuera de los establecimientos educativos, como la educación en el hogar (homeschooling), la educación híbrida y a distancia. La validez se garantiza mediante la acreditación de contenidos mínimos comunes.

Contenidos y autonomía: Se establecen contenidos mínimos comunes a nivel nacional, pero se crea un espacio de autonomía curricular obligatorio que cada institución puede usar para desarrollar sus propios espacios, asignaturas o proyectos.

​​Autonomía para escuelas: Las instituciones de educación básica (estatales y privadas) poseen autonomía institucional y pedagógica, incluyendo la facultad de definir su régimen de gobierno, planes de estudio propios, estrategias didácticas y políticas de admisión, permanencia y disciplina.

Igualdad jurídica entre gestiones: Las instituciones estatales y privadas gozan de igualdad jurídica en cuanto a la validez nacional de títulos y el acceso al financiamiento público.

Financiamiento a privadas: Se busca implementar un sistema de aportes económicos a las instituciones privadas. Se mencionan instrumentos como becas, vales educativos o créditos fiscales orientados a asegurar la libre elección de la institución por parte de las familias.

Educación como servicio esencial: De esta manera se garantiza la continuidad mínima del servicio educativo durante los paros docentes.
​​

Carrera docente: Se organizará por los principios de mérito, calidad, evaluación periódica y formación continua.

Cargos: Los cargos docentes y directivos en establecimientos estatales se cubren mediante concursos abiertos por establecimiento. Para directivos, el concurso incorpora la evaluación de un proyecto de gestión y la participación de las familias a través de los Consejos de Padres.

Evaluación: La autoridad nacional aplicará anualmente una evaluación censal al finalizar la primaria y secundaria, y publicará los resultados desagregados por institución en un portal digital abierto.

​Pérdida de transferencias discrecionales: Si una jurisdicción termina el año calendario sin haber cumplido con el mínimo de clases anuales, quedará vedada de recibir cualquier transferencia discrecional (incluida obra pública) del gobierno nacional.