En la vorágine del trabajo parlamentario, durante las sesiones extraordinarias del mes de febrero del 2026, se aprobaron una serie de leyes que se habían presentado antes, pero dormían el sueño de los justos. Entre esos proyectos, el del Régimen Penal Juvenil, una deuda pendiente desde que se ratificó la Convención de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, porque su ratificación plantea la necesidad de adecuar la legislación del país a los términos del tratado. En el 2005 se logró aprobar la ley que adecuó los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes a lo que establece la Convención, la ley nacional 26.601 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes. Su importancia radica en el reconocimiento de la niñez como sujetos de derechos, esto no es menor ya que antes la niñez era considerada carente de derechos, solo objetos de cuidados. Aclaremos que esto también se extendía a las mujeres, si bien se cambió antes, no así para la niñez.
Ser sujetos de derechos es poder gozar de ellos y poder exigir que se les garanticen. Además, se incluyó el concepto del interés superior del niño que guía las medidas que se adopten, porque deben garantizar el máximo disfrute de sus derechos, así como el derecho a ser oídos, o sea, reconocer el derecho a expresarse y presentar su opinión. También la ley plantea la existencia de un sistema de prevención y medidas para ello. Solo quedó pendiente el Régimen Penal Juvenil, ya que no se llegó a consensuar, existe un vacío legal que no se logró superar en todos estos años. Entonces la pregunta es: ¿por qué un sistema penal juvenil?
La Convención no niega la penalización de la niñez de menores de la edad de imputabilidad en casos graves con la prisión, pero la deja como la última instancia, y además, plantea otra serie de medidas que deben contemplarse. O sea, un sistema que no privilegia lo punitivo individualmente sino que exige la consideración amplia con medidas que trascienden lo punitivo para cambiar el contexto y constituir medidas preventivas del conjunto social. No podemos eludir que los casos de niños/as que cometen delitos graves siempre son muy difundidos, por eso si bien son poco frecuentes, son de gran impacto en la opinión pública. Eso inmediatamente genera una reacción popular para bajar la edad de la imputabilidad. Y así fue como se actuó en general en los últimos decenios en el país. Esto es tranquilizador en forma inmediata, pero no soluciona el problema. Porque solo la cárcel no previene, al contrario, aumenta la reincidencia. Además, genera la búsqueda de chicos de menor edad por parte de quienes los usan para delinquir, algo muy claro en el caso de los narcotraficantes.
Como sé que esto genera una reacción negativa en quienes leen esta columna, les pido que hagan el esfuerzo de comprender. Para eso usaré una experiencia que tenemos con trabajo en cárceles de jóvenes de 18 a 24 años, la gran mayoría presos por delitos menores: por robo de celulares están encarcelados. Ellos reconocieron perder el deseo de dejar de robar, por el perfeccionamiento de cómo hacerlo. Surgía así que al no ver salidas que les garanticen sobrevivir ellos y sus familias, solo les queda el robo perfeccionado. No ven oportunidades, porque no hay oferta de empleos accesibles. ¿Me dirán que si quieren trabajar siempre hay posibilidades? Pues eso lo viven quienes tienen facilidades, porque pudieron terminar la escolaridad, sus familias pueden ayudarlos a sobrevivir hasta que logran un empleo digno, o sea en el sector formal o informal, pero con ingresos suficientes.
La mayoría de esos jóvenes encarcelados no pudieron terminar su escolaridad porque tuvieron que salir a trabajar para ayudar a su familia, la escuela no los cobijó, vivieron en entornos violentos familiares y sociales y tuvieron que hacer lo que en general, no querían hacer, pero era lo único que podían conseguir. Se agrega que ven que se los penaliza a ellos, pero no a quienes viven del negocio de vender el producto de sus robos, incluso quienes están satisfechos en que se los castigue, pero consumen en esos mismos lugares donde lucran con sus productos. Intermediarios que no son perseguidos ni penalizados y que lucran doblemente con ellos porque les dan migajas y con quienes les compran esos productos. Entonces estos jóvenes no ven otra salida y ni bien recuperan la libertad la mayoría reincide. Esto evidencia que es necesario modificar el contexto para prevenir la reincidencia.
Por eso no alcanza que la ley aprobada asigne fondos para construir “cárceles” para la niñez delincuente. ¿Qué otros cambios ofrecen el Gobierno y la sociedad? Un ejemplo del desinterés es la no designación de las autoridades de la Defensoría de la Niñez, un organismo que vela por el derecho de niños y niñas, cuyas autoridades quedaron vacantes en el 2024 y en el 2025 se logró realizar el concurso en la Comisión Bicameral, pero no se ratificó en las Cámaras, por lo tanto está acéfala y va a perder vigencia la elección. En su lugar se priorizó esta ley con impacto electoral, pero que no soluciona el problema. Tampoco en estos años de gobierno se tomaron medidas para el rendimiento de las escuelas, que, como evidencian las pruebas, indican la baja calidad del resultado en los alumnos. Aclaremos que esto es resultado de años de deterioro, pero tampoco se enfrentó. La ley universitaria se refiere a la desfinanciación de la enseñanza pública. A esto se suma la deserción escolar creciente. Por eso esta ley no nos depara el éxito, solo la satisfacción inmediata y con clara orientación electoral. Otra oportunidad perdida.