Hace exactamente un mes, el 19 de enero, era detenido en Villa María un miembro de la Policía Federal Argentina, de 22 años.
Al realizar un allanamiento en su vivienda, se encontraron un televisor y dos teléfonos celulares que había comprado con la tarjeta de crédito de una compañera de la fuerza. La denuncia por estafa había sido formulada por la mujer, también policía federal.
La fiscal de Instrucción, Silvia Maldonado, ordenó la imputación del agente y su inmediata detención.
Una situación ocurrida el 1 de junio del año pasado en el Juzgado Federal 3 (JF3) es similar, pero la solución es diametralmente opuesta.
Aquel día, los empleados judiciales habían cobrado sus salarios. El escribiente del juzgado, Nicolás Aramayo Sánchez –tal como él mismo luego admitió– le extrajo el teléfono móvil de su cartera a la jefa de Despacho del tribunal. Luego, accediendo con la clave a la aplicación BNA+ del Banco Nación donde se había depositado su sueldo, realizó tres transferencias a cuentas de terceros por un total de $ 455.000. La despojó de casi medio millón de pesos. Luego, tiró el aparato detrás de una heladera.
La mujer denunció el hecho y se abrieron dos expedientes, uno penal y otro administrativo. La situación tomó notoriedad, además, por los vínculos familiares y sociales existentes en los tribunales federales, ya que el escribiente sancionado es sobrino de un juez federal. No es el único caso. La resistencia a concursos abiertos hace que haya designaciones de allegados o conocidos a los magistrados.
El fiscal Carlos Casas Nóblega imputó a Aramayo Sánchez; el por entonces juez Ricardo Bustos Fierro dictó una orden de restricción de acercamiento a la víctima y a su familia.
Meses después, el victimario y su denunciante llegaron a un acuerdo de conciliación. El juez lo homologó y se extinguió la acción penal en contra de Aramayo Sánchez. Al final, sucedió lo que se preveía al inicio: un trámite con acuerdo exprés.
Esta decisión fue apelada por el fiscal pero la Cámara rechazó el planteo el mismo día. También fue denegado un recurso en queja. Así, la causa penal se clausuró.
Mientras tanto, desde junio se instruyó el sumario administrativo a cargo del secretario Manuel Malbrán. A fines de diciembre elevó al tribunal sus conclusiones: sugirió sancionar la conducta del escribiente con 30 días de suspensión sin goce de haberes y la advertencia de que, ante un suceso similar, puede ser cesanteado.
Si bien su dictamen no es vinculante, por mayoría la Cámara Federal de Apelaciones –tiene poder de superintendencia en Córdoba– lo adoptó y resolvió en idéntico sentido.
Solo hubo una posición disidente, la de Ignacio Vélez Funes. El vocal consideró que no existe proporcionalidad ni razonabilidad entre la inconducta acreditada, probada y admitida y la sanción propuesta, por lo que votó por la cesantía.
El resto de los vocales, Graciela Montesi, Eduardo Ávalos, Liliana Navarro y Abel Sánchez Torres consideraron “razonable” la suspensión. En el caso de Navarro, de procedencia gremial, adujo que nunca había optado por la máxima sanción posible para con un empleado de conducta similar y ponderó que Aramayo Sánchez está encuadrado en el último escalafón.