El actual Código Penal dispone en su artículo 202 penas de entre tres y 15 años de cárcel para las personas que propaguen “una enfermedad peligrosa y contagiosa".
Esa es la imputación con la cual Fiscal Andrés Godoy acusa a los médicos Lucas Figueroa (doloso) y Marcelo Lázaro (culposo).
Al tratarse de un delito que afecta la salud pública, en el contexto de una pandemia, la competencia para intervenir debería ser de la Justicia federal.
De todos modos, en el inicio del aislamiento se dispuso que, para evitar conflictos y demoras en las actuaciones por violación a la cuarentena, se permita una especie de intervención mixta entre la Justicia federal y la provincial.
En un dictamen de la Procuración General del 19 de marzo se informó: “Es oportuno recordar la naturaleza federal en la materia y la intervención que corresponde a los fiscales de este organismo en relación con las infracciones al artículo 205 del Código Penal de la Nación, a partir del DNU 260/2020 y el interés nacional que lo motivó. Ello, sin perjuicio de evitar los planteos de competencia en los casos en que ya se encuentre interviniendo la justicia provincial”.
El artículo 205 del Código Penal prevé prisión de seis meses a dos años, a quien viole las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
Evitar disputas. Esta semana un grupo de fiscales federales de Córdoba (Maximiliano Hairabedián, Carlos Casas Nóblega, Enrique Senestrari, Alberto Lozada, Gustavo Vidal Lascano y Carlos Gonella) elaboraron un protocolo de actuación para los casos de violación a las normas de prevención contra el Covid-19.
En el documento sostienen: “La materia federal es indiscutible, de acuerdo a lo expresado por la Procuración General de la Nación en el comunicado del 19 de marzo de este año, en el cual se exhortó a no plantear cuestiones de competencia. Explicaron que es necesario establecer un protocolo de actuación para procesar las causas ingresadas y a ingresar en el fuero federal, al cual deberá adecuarse la actuación de las fuerzas de seguridad federales que actúan en la provincia, a fin de lograr una actuación coordinada que redunde en una mejor persecución penal”.
En definitiva, desde la Justicia federal quieren evitar disputas de competencias con la Provincial.
Por lo tanto, acordaron que dependerá de la fuerza de seguridad que intervenga en un procedimiento donde se deberá tramitar la causa.
Desde la entrada en vigor del aislamiento, el Ministerio Público Fiscal de Córdoba, a través de la Unidad Fiscal de Emergencia Sanitaria (Ufes), ha reportado hasta ahora 13.101 sumarios iniciados; 94 de esos casos se tramitaron con intervención de las fiscalías federales 1 y 3 de la Capital. De acuerdo con el criterio de distribución que determina que las actuaciones de las fuerzas federales se derivan a la Justicia federal.
No obstante, este protocolo de convivencia y actuaciones podría alterarse cuando el delito es de una gravedad más compleja que el de una violación a la cuarentena.
La causa del geriátrico Santa Lucía podría marcar ese contraste. La acusación del fiscal Godoy a los médicos trasciende al de una transgresión al aislamiento, “propagación de enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas, agravada por el resultado de enfermedad y muerte”.
Como lo anticipó PERFIL CORDOBA, el abogado Alejandro Zeverín planteó formalmente ante el fiscal federal Gustavo Vidal Lazcano que la causa del geriátrico sea investigada por el fuero federal.
Zeverín entiende que al tratarse de un delito que afecta la salud pública y al estar involucrado el Pami , la investigación tiene que ser de orden federal. El abogado representa a la familia de una las víctimas de la residencia.
El Consejo de Médicos también entiende que la investigación le corresponde a la Justicia federal.
Ahora, el fiscal Gustavo Vidal Lazcano tendrá que resolver si rechaza el pedido o, por el contrario, decide que el expediente pase a la órbita federal.
Fuentes consultadas en la fiscalía de Andrés Godoy aseguran que el fiscal “no tiene ninguna intención en declinar la competencia”.
Cuando la fiscalía general creó La Unidad Fiscal de Emergencia Sanitaria (Ufes) se detalló que esa unidad tendría “la responsabilidad de coordinar la actuación del Ministerio Público Fiscal frente a los hechos delictivos relacionados con el coronavirus.
Estos delitos pueden ser los de su propagación, la violación del aislamiento u otras medidas dispuestas por el Gobierno nacional, o desobedecer a la autoridad en las órdenes que dicte al respecto”.
Antecedente. Hace algunos días hubo un dictamen de Víctor Abramovich Cosarin, Procurador Fiscal ante la Corte Suprema, quien intervino en un amparo por cuestiones de salud relacionadas con el Covid-19 contra un geriátrico en la provincia de Buenos Aires.
En ese dictamen el procurador ratifica la competencia federal. Por lo tanto, podría esperarse que un eventual conflicto por la competencia de la causa de la residencia de Saldán, tenga que ser saldada por la Corte Suprema de Justicia.
Mientras tanto, el fiscal Godoy continúa con la investigación y sigue tomando testimonios en la causa.
Además, se espera que los abogados de los médicos Figueroa y Lázaro realicen una serie de presentaciones durante la semana.