En Córdoba, la pandemia no torció el criterio de la Justicia provincial sobre las prisiones preventivas. Hay más de 250 pedidos de morigeración en las condiciones de detención. La Cámara con competencia específica para resolver pedidos en el marco de la emergencia por la epidemia del coronavirus, solo otorgó dos prisiones domiciliarias hasta ahora.
La decisión fue abroquelarse en la posición que viene sosteniendo. “El orden jurídico penal, las razones para otorgar prisión domiciliaria o ceses de prisión siguen vigentes igual que antes del coronavirus. Al que le corresponde, le corresponde y al que no, no”, afirmó sin medias tintas a PERFIL CORDOBA una alta fuente judicial.
Claramente Córdoba se diferencia.
El 2 de abril la Cámara Federal de Casación Penal instó a los tribunales del país a “adoptar medidas para enfrentar el hacinamiento de las unidades de privación de la libertad, evaluar la posibilidad de otorgar medidas alternativas como la libertad condicional, arresto domiciliario o libertad anticipada”, a personas en riesgo por ser mayores de 60 años, padecer enfermedades crónicas, mujeres embarazadas o con niños a su cargo y quienes estén próximos a cumplir sus condenas.
En La Plata, el Tribunal de Casación Penal bonaerense hizo lugar a un habeas corpus colectivo de los defensores generales en relación con la situación de internos de todas las unidades penitenciarias. Dispuso que detenidos por delitos leves de grupos de riesgo por COVID-19, mujeres embarazadas o madres con hijos menores continuaran con detenciones domiciliarias. Sobre los presos por delitos graves de grupos de riesgo, instó a los tribunales que los tengan a su cargo a analizar cada caso y donde sea posible otorgar también la prisión domiciliaria.
Antes, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) había exhortado a los países a “adoptar medidas para enfrentar el hacinamiento de las unidades de privación de la libertad, incluida la reevaluación de los casos de prisión preventiva con el fin de identificar aquellos que pueden ser sustituidos por medidas alternativas a la privación de la libertad”.
En Córdoba, la semana pasada la jueza de Control, Celeste Ferreyra, resolvió un habeas corpus colectivo y se limitó a “recomendar” la observancia de las medidas dispuestas en los protocolos. El tenor de la resolución se diferencia, también, de sus colegas de otras provincias.
´Criterio Córdoba´ para los detenidos. Este medio dialogó extensamente con una alta fuente judicial. A partir de sus precisiones es posible deducir el ´Criterio Córdoba´. Además, ayer la Cámara Coronavirus –como se la llama- explicó en un comunicado qué se tiene en cuenta al resolver. Lo hizo sobre un caso concreto, de un detenido que pidió prisión domiciliaria porque tiene un hijo discapacitado.
Si bien se revisa cada caso, se piden informes criminológicos, médicos, se corre vista al fiscal de Cámara (Martín Berger) y recién después se resuelve, la sola existencia del temor a la pandemia no es considerada razón suficiente para morigerar la condición del detenido. Ni siquiera la existencia de una patología previa.
Los jueces no visualizan a la cárcel como un ámbito de riesgo, ni siquiera por el hacinamiento.
Solo dejan una pequeña puerta abierta. En el comunicado mencionado, los jueces señalaron que “la contingencia de la pandemia actual es dinámica y cambia a diario, pero que hasta el momento no hay datos para deducir un riesgo inminente o grave para la salud en el imputado solicitante”.
Los pedidos de prisión domiciliaria se resuelven según el protocolo del Ministerio de Salud. En la situación de excepción por la emergencia sanitaria, en la Provincia de Córdoba, el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) es el órgano rector, bajo el cual se subordinan todos los ámbitos. Esta premisa está presente en todas las resoluciones del tribunal.
“El decreto presidencial (que declaró la cuarentena) determinó un orden jerárquico diferente. Puso en manos del Ministerio de Salud la autoridad para decidir y tomar medidas extremas. La provincia adhirió y creó el COE”, explicó el funcionario consultado.
Respecto del servicio penitenciario, el COE dictó normas específicas y aprobó un protocolo de actuación con una serie de medidas sanitarias. Han cambiado los regímenes de reemplazo de guardiacárceles, de visitas, entregaron tarjetas telefónicas para que se comuniquen con sus familiares. “En el penal están más protegidos –agregó- porque se han tomado medidas sanitarias exclusivas, con mayores previsiones”.
“Los internos creen que con esta pandemia iban a lograr cambiar situaciones y no es así -enfatizó la fuente-aprovecharse del virus para conseguir algo que no conseguiría en otra situación, no”.
Sí hubo una flexibilización en un solo aspecto. Por la pandemia se relajó el control previo para otorgar la prisión domiciliaria. Como es imposible que un asistente social se traslade a la vivienda donde ofrece residencia, esa tarea la realiza un policía que constata quién vive en el domicilio.
Este medio consultó si esta posición podría modificarse si el virus ingresa a los penales. “No”, fue la respuesta.
Diariamente, el tribunal que debe resolver sobre el pedido de los internos recibe un informe del Servicio Penitenciario sobre si hay un caso sospechoso o positivo. “Hasta el momento el virus no ingresó”, señaló; pero si se produce algún caso “hay un protocolo ya establecido donde se aísla un pabellón, un sector y el resto sigue funcionando como lo hace cualquier hospital, como se haría en cualquier casa o barrio”.
Si hay un problema dentro del penal, el COE tiene la competencia para decidir. “Nosotros revisamos los planteos, atendiendo al COVID-19 viendo si incide en algo en relación con los institutos de la ley”, subrayó el funcionario consultado.
Tribunal. La Cámara está integrada por los vocales Martín Bertone, Inés Lucero y Marcelo Jaime.