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BENEFICIOS DE LA ORALIDAD

En dos meses un juzgado finalizó juicio de adopción

Un niño de 11 años fue adoptado por una pareja homoparental. La demanda fue presentada el 10 de junio y la sentencia fue dictada el 13 de agosto.

Juzgado Niñez
ADOPCIÓN. En la audiencia la jueza escuchó al niño y luego a la pareja homoparental adoptante y dictó inmediatamente la sentencia. | Cedoc Perfil

El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4ª Nominación finalizó un juicio de adopción en dos meses, gracias a que puso en práctica un trámite íntegramente oral, lo que está permitido ante la inexistencia de normas procesales específicas en el fuero. La demanda de adopción se presentó el 10 de junio y la sentencia fue dictada el 13 de agosto último.

La jueza de Niñez, Mariana Wallace, concedió la adopción plena de un niño de 11 años a una pareja homoparental y ordenó al Registro Civil inscribirlo con los apellidos de ambos padres. El niño participó de la audiencia con el patrocinio letrado de la asesora letrada Raquel Martínez, con quien mantuvo entrevista privada, antes de ser escuchado por el resto de las partes y el tribunal.

La magistrada destacó que se cumplieron las prácticas recomendadas por las Reglas de Brasilia en materia de niñez: trato absolutamente respetuoso de su persona y derechos; menor tiempo de espera para la celebración del acto judicial, y lenguaje adaptado al niño, entre otras. Incluso, le dedicó al niño algunas palabras específicas en la sentencia.

“Hay palabras que generan efectos muy poderosos (…) Sos hijo de P. y A., quienes se seguirán encargando, como lo vienen haciendo desde hace muchos años, de todos tus cuidados. Ellos manifestaron firmemente su deseo de ser familia con vos y vos de ser familia con ellos, comprometiéndose a brindarte amor, cariño, contención y todos los cuidados que necesites, ahora son una sola familia. A partir de este día llevas el apellido M. B. y así serás identificado en el colegio, con tus amigos y donde vayas”, escribió.

Finalmente, la sentencia expresa que el niño está integrado plenamente al grupo familiar adoptante y a la familia extensa. En este sentido, refiere que los testigos aseguran que el trato y el cuidado de los pretensos adoptantes es excelente” y que son dedicados, cuidadosos, protectores y cariñosos con él. En relación con el origen biológico del niño, resalta que los pretensos adoptantes afirmaron que están dispuestos a respetar este derecho y manifestaron en la audiencia que “respetarán el deseo del niño de vincularse con su hermano”.